Convocatoria 2023-2027
Fuera de plazo - Del 01/06/2023 al 30/06/2023
El plazo de presentación terminó el 30 junio 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 01/06/2023 al 30/06/2023
El plazo de presentación terminó el 30 junio 2023
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, los centros y organismos de investigación así como las universidades públicas y privadas de Aragón podrán presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).
Dirigido a
- Personas jurídicas (públicas y privadas)
- Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Que sean seleccionadas aplicando los criterios de selección de la convocatoria
Requisitos
- Requisitos de los centros beneficiarios
- Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
- Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
- Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF)
- Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
- Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
- No poseer título de doctorado.
- No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
- Tener residencia legal en España.
- Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación
- Poseer el título de doctorado tanto la persona directora, como codirectora.
- La persona directora deberá tener vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con el centro u organismo de investigación solicitante, con las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
- La persona codirectora deberá tener vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con el centro u organismo de investigación solicitante, en caso de que la persona directora no cumpla con el requisito anterior, con las previsiones de la orden de convocatoria.
- Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/06/2023 a las 00:00 h
Fin: 30/06/2023 a las 23:59 h
Plazo de presentación de solicitudes es para los centros y organismos de investigación
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Documentos acreditativos de estudios universitarios y de nota media del PIF
La documentación deberá ser conforme a lo dispuesto en los apartados tercero y cuarto de la orden de convocatoria, de acuerdo con las indicaciones del anexo I.
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2. Carta de preadmisión, admisión o matrícula en la Escuela de Doctorado
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CV y méritos del personal investigador predoctoral en formación conforme al modelo, también disponible en la plataforma PIP (Anexo II de la orden de convocatoria).
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4. Memoria del proyecto de investigación
Memoria del proyecto de investigación conforme al modelo, también disponible en la plataforma PIP (Anexo IV de la orden de convocatoria).
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5. Pasaporte del PIF
En caso de que no disponga de NIF ni NIE.
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6. Documentación acreditativa del cuidado de hijas e hijos del PIF
En caso de alegar la situación sobre dedicación exclusiva a la atención y cuidado de hijas e hijos, que está prevista en el apartado cuarto, punto 1, tercer párrafo, de la orden de convocatoria.
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7. Acreditación de residencia legal del PIF
En caso de que el PIF se oponga a la consulta de este dato por la Administración.
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8. Reconocimiento de grado de discapacidad del PIF
En caso de que el PIF se oponga a la consulta de este dato por la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Vinculación laboral o estatutaria con el centro u organismo de investigación
Documento de nombramiento o toma de posesión de la persona directora y/o codirectora de la investigación que le vincule laboralmente con el centro u organismo solicitante.
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2. Méritos de la persona directora y/o codirectora
Relación de los méritos conforme al modelo, tambien disponible en la propia plataforma PIP (Anexo V de la orden de convocatoria).
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3. Currículum vitae de la persona directora y/o codirectora
Currículum normalizado (abreviado) de la persona directora y/o codirectora (preferentemente FECYT, MINECO, SIDERAL, entre otros).
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4. Documentación acreditativa cuidado de hijos persona directora y/o codirectora
En caso de que la persona directora y/o codirectora se haya dedicado a la atención y cuidado de hijas o hijos, que está prevista en el apartado decimonoveno 3.c) 1, segundo párrafo, de la orden de convocatoria.
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5. Pasaporte de la persona directora y/o codirectora
En caso de que la persona directora y/o codirectora no disponga de NIF ni NIE.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Discapacidad nuevo
Consulta de Datos de Residencia Legal
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Suspensión del plazo de Resolución:
Se ha publicado en el BOA del 29 de septiembre una resolución por la que se suspende el plazo de resolución de la convocatoria durante el tiempo en el que se realice la evaluación por el panel de evaluadores y evaluadoras externos. El levantamiento de la suspensión volverá a publicarse en el BOA.
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1295688230707
Modificación de la orden de convocatoria:
Se ha modificado la Orden CUS/621/2023, de 10 de mayo, mediante Orden CUS/1031/2023, de 2 de agosto, incluyendo un período de orientación postdoctoral tras la defensa de la tesis hasta la finalización completa del contrato predoctoral.
https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1289911160404
Instrucciones para presentar la solicitud:
1. El centro u organismo de investigación presentará la solicitud a través del Tramitador on line, del 1 al 30 de junio de 2023 (plazo previsto en el apartado decimoquinto, punto 3, de la orden de convocatoria). Sólo podrá presentarse una única solicitud por un centro u organismo de investigación por personal investigador predoctoral en formación (PIF) y persona directora y codirectora, en su caso.
2. El PIF presentará los datos y documentación a través de la Plataforma PIP, del 3 al 28 de julio de 2023 (plazo previsto en el apartado decimoséptimo, punto 3, de la orden de convocatoria).
Importante: si el centro u organismo de investigación no ha presentado solicitud en la que se incluyan sus datos, el PIF no tendrá acceso a la plataforma PIP.
3. Declaraciones responsables:
3.1. Las declaraciones responsables del centro u organismo de investigación recogidas en el apartado decimosexto de la orden de convocatoria están integradas, como parte de la solicitud, en el tramitador on line.
3.2. Las declaraciones responsables del PIF recogidas en el apartado decimoséptimo, punto 2, letra c) de la orden de convocatoria están integradas para su cumplimentación en la propia plataforma PIP.
Recursos y enlaces de interés
- Plataforma PIP
- Guía de acceso y aportación de documentos a PIP
- Instrucciones plataforma PIP
- Información sobre cómo obtener el certificado electrónico
- Documentación estudios universitarios (informativo)
- Declaración de equivalencia de nota
- Declaración de equivalencia de títulos universitarios extranjeros de países fuera del EEES
- Homologación de títulos universitarios extranjeros de países fuera del EEES
- Criterios de valoración del personal investigador predoctoral en formación
- Criterios de valoración del proyecto y del CV de la persona directora y codirectora
- Modelo justificación gastos de personal por módulos
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. De 08:00 a 15:00 horas. 976 714 399
Correo electrónico. investigacion@aragon.es
Teléfono. De 08:00 a 15:00 horas. 976 716 531
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden EMC/961/2025, de 29 de julio, por la que se modifica la Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento.
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Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento.
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Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.