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Subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos - Convocatoria 2026-2028

N° 11238

Convocatoria en elaboración.

A través de este trámite, los centros u organismos de investigación, así como las universidades públicas o privadas que tengan adscritos grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, pueden presentar una solicitud para optar a las subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los citados grupos.

Estas ayudas sólo se pueden solicitar por el centro u organismo de investigación y por las universidades públicas o privadas.

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Los organismos o centros de investigación públicos o privados que tengan adscritos grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Las universidades públicas o privadas que tengan adscritos grupos de investigación reconocidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Requisitos de los centros u organismos solicitantes:
    • Tener adscritos grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.
    • Deberá ser seleccionado en aplicación de los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras y en la propia convocatoria de subvenciones.
    • No debe estar incurso en ninguno de los supuestos que impidan obtener la condición de beneficiario establecidos en la convocatoria.
    • Hallarse al corriente de obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • No debe desarrollar actividad económica o la que realice debe ser meramente accesoria, o bien, acreditar la adecuada separación entre la actividad no económica y la económica.

Documentación

No es necesario aportar documentos adicionales al realizar este trámite

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses máximo desde la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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