Reclasificación de recursos de la sección A) a recursos de la sección C)
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas físicas o jurídicas interesadas y que sean titulares de autorizaciones de explotación para el aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas podrán solicitar la reclasificación de sus recursos de esta tipología en recursos de la sección C de dicha ley.
Dirigido a
- Personas físicas quienes sean titulares de Autorizaciones en explotación para el aprovechamiento de recursos de la Sección A)
- Personas jurídicas quienes sean titulares de Autorizaciones en explotación para el aprovechamiento de recursos de la Sección A)
Requisitos
- Ser Titulares de Autorizaciones de explotación activas para el aprovechamiento de recursos de la Sección A).
- Sobre el yacimiento que debe estar en explotación como Autorización ha de cumplirse alguno de los siguientes supuestos:
- Que los recursos explotados cuyo aprovechamiento se destine a usos que no exijan más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado, sean destinados a la fabricación de hormigones, morteros, reboques, aglomerados asfálticos u otros productos análogos.
- Que los recursos mineros explotados estén sometidos a procesos que excedan de las operaciones de arranque, quebrantado y calibrado.
- Que se cumpla alguna de las siguientes condiciones: que el valor anual en venta de sus productos sea superior a 601.012,10 euros; que el número de obreros empleados en la explotación exceda de 10; que su comercialización directa exceda de 60 Km. a los límites del término municipal donde se sitúe la explotación.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
8 meses, a contar de la fecha en que se declare definitivamente admitida la solicitud.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Instancia
En la que conste: Nombre y apellidos o razón social. Vecindad y domicilio del peticionario. Nombre con que haya de conocerse la concesión. Situación, límites, extensión del terreno solicitado. Nombre de la Autorización de explotación al amparo de la cual presenta la solicitud.
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2. Designación definitiva del terreno solicitado
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3. Justificación del cumplimiento de los requisitos
Establecidos en el R.D. 107/1995, de 27 de enero.
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4. Estudio de factibilidad y Proyecto de Aprovechamiento
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5. Estudio económico de financiación y garantías sobre su viabilidad
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6. Plan de Restauración
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7. Estudio de Impacto Ambiental
Si se incurre en los supuestos contemplados en la legislación vigente aplicable sobre la materia.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La instancia se presentará por el solicitante o mandatario acreditado del mismo en el Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de la provincia donde se ubique la explotación de recursos de la Sección A) a reclasificar.
El terreno solicitado ha de cumplir las condiciones de franco y registrable, abarcando aquellas cuadrículas mineras que se encuentren afectadas total o parcialmente por la Autorización de explotación al amparo de la cual se solicita la reclasificación."
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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8 meses, a contar de la fecha en que se declare definitivamente admitida la solicitud.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
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Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
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Real Decreto 107/1995, de 27 de enero, por el que se fija criterios de valoración para configurar la sección A) de la Ley de Minas
-
Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras
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Ayuda a la tramitación electrónica
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