Baja de entidades de servicios sociales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Trámite 9055

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Detalles del trámite

Cancelación de inscripción de entidad de servicios sociales en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales


Dirigido a

  • Entidades de servicios sociales inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Requisitos

  • Inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales

Pago de tasas

Tasa 21. Modelo 421. Tarifa 02.

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

1. El plazo de resolución de 3 meses y el silencio positivo entrarán en vigor para los procesos iniciados a partir del 28 de agosto de 2022.

2. Recurso: agotada la vía administrativa, contra la resolución que resuelva el recurso de alzada cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Recursos y enlaces de interés

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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