Instalaciones frigoríficas: comunicación de puesta en servicio, modificación, ampliación o traslado, fin de vida y baja.
Contenidos
Información general
A través de este trámite, se podrá comunicar a la autoridad competente la puesta en servicio de nuevas instalaciones frigoríficas.
También es posible realizar los trámites de comunicación de modificación, ampliación o traslado de instalaciones frigoríficas existentes, así como la comunicación de su fin de vida y su baja.
Dirigido a
- Titular de la instalación frigorífica: persona física o jurídica propietaria o usuaria de la instalación. Será quien comunique la acreditación del cumplimiento de las condiciones reglamentariamente exigibles.
Requisitos
- Instalación frigorífica, entendiendo como tal el conjunto de los componentes de uno o varios sistemas de refrigeración y de todos los elementos necesarios para su funcionamiento (cuadro y cableado eléctrico, circuito de agua, etc.). Incluye los sistemas de refrigeración de cualquier dimensión, comprendidos los utilizados en acondicionamiento de aire y en bombas de calor, así como los sistemas secundarios de enfriamiento y los de calefacción generada por equipos frigoríficos (incluidas las bombas de calor).
- Quedan excluidas del ámbito de aplicación:
- Las instalaciones frigoríficas correspondientes a medios de transporte aéreo, marítimo y terrestre, que se regirán por lo dispuesto en las normas de seguridad internacionales y nacionales aplicables a los mismos y en sus normas técnicas complementarias.
- Los sistemas secundarios utilizados en las instalaciones de climatización para condiciones de bienestar térmico de las personas en los edificios, que se regirán por lo dispuesto en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
- Los sistemas de refrigeración compactos (sistemas de acondicionamiento de aire portátiles, frigoríficos y congeladores domésticos, etc.) con carga de refrigerante inferior a 2,5 kg de refrigerante del grupo L1, 0,5 kg de refrigerante del grupo L2 y 0,5 kg de refrigerante del grupo L3.
Trámites
Convocatorias activas
Listado de trámites asociados con este servicio
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Tramitación
En plazo permanente
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Apartado siguiente:
Normativa general
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Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
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Resolución de 10 de diciembre de 2019 de la Dirección General de Industria y Pyme, por la que se publicitan los nuevos modelos de impresos que se utilizarán en la Comunidad Autónoma de Aragón en las tramitaciones de las instalaciones frigoríficas, como consecuencia de la publicación del Real Decreto 552/2019, 27 de septiembre que aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Huesca. 974293141 / Teruel. 978641110 / Zaragoza. 976714086
Correo electrónico. Huesca spindustria.huesca@aragon.es
Correo electrónico. Teruel spite@aragon.es
Correo electrónico. Zaragoza spzindustria@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Ayuda a la tramitación electrónica
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