Baja
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas elaboradoras, almacenistas de graneles o embotelladoras de vino titulares de instalaciones vitivinícolas ubicadas en Aragón que no cumplan los requisitos para la comercialización de vinos varietales deberán solicitar la baja en el Registro de Operadores de Vinos Varietales de Aragón en la modalidad de vinos sin Denominación de Origen (DOP) ni Indicación Geográfica Protegida (IGP).
Dirigido a
- Los elaboradores, almacenistas de graneles o embotelladores de vino titulares de instalaciones vitivinícolas ubicadas en Aragón previamente inscritas en el registro de operadores de vinos varietales. Personas físicas y jurídicas.
Requisitos
- Los operadores del sector vitivinícola llevarán la gestión de los movimientos y registros de los productos vitivinícolas de manera telemática a través del sistema informatizado denominado “Viñedo Web”, creado por el Gobierno de Aragón dentro de la plataforma de aplicaciones web y a la cual se podrá acceder a través del enlace https://aplicaciones.aragon.es/weblogon/pages/login.xhtml
- Los operadores deben contar con un sistema diferenciado de registros e identificación que permita comprobar la veracidad de las indicaciones facultativas y la trazabilidad e identificación individual de las partidas y lotes.
- Los depósitos que contengan estos vinos se identificarán mediante la leyenda Vino varietal sin IGP/DOP.
- Si se trata de un elaborador dispondrá de unos registros de parcelas en los que conste al menos el nombre del titular, variedad, identificación y superficie de la parcelas.
- Los registros deben cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2018/273 de la Comisión, por el que se establecen disposiciones en lo que respecta al registro vitícola, a las declaraciones obligatorias para el seguimiento del mercado, a los documentos que acompañan al transporte de productos y a los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola.
- Los operadores deberán tener contratada una entidad de evaluación de la calidad diferenciada, para el alcance vinos varietales, inscrita en el Registro autonómico de la evaluación de la calidad diferenciada de los productos agroalimentariosde Aragón.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Resolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Se gestiona por las Unidades de Recursos Ganaderos y Seguridad Agroalimentaria de los Servicios Provinciales de Agricultura, Ganadería y Alimentación en los que esté ubicada la sede.
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Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Servicio de Seguridad Agroalimentaria 976 714 105
Correo electrónico. Servicio de Seguridad Agroalimentaria icaf@aragon.es
Teléfono. Servicio Provincial de Zaragoza 976 711 647
Teléfono. Servicio Provincial de Huesca 974 293 034
Teléfono. Servicio Provincial de Teruel 978 641 055
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Decreto 28/2013, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las disposiciones de aplicación relativas a la indicación de añada o variedad en vinos sin Denominación de Origen Protegida ni Indicación Geográfica Protegida ("vinos varietales") y se crea el Registro de Operadores de Vinos Varietales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Orden AGA/1794/2023, de 27 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por la que se regulan los documentos de acompañamiento de productos vitivinícolas, los registros que se deben llevar en el sector vitivinícola y el régimen de funcionamiento del registro de envasadores y embotelladores de vinos y bebidas alcohólicas en Aragón.
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Real Decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.
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Reglamento 1308/2013, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios
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Reglamento 0273/2018, de 11 de diciembre, por el que se completa el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el registro vitícola, los documentos de acompañamiento, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias, las notificaciones y la publicación de la información notificada,
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Reglamento 33/2019, de 17 de octubre, por el que se completa el Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la presentación.
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Decreto 241/2023, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la actividad de las entidades de evaluación de la calidad diferenciada de los productos agroalimentarios y su inscripción en el correspondiente Registro.
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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