Aplicación de coeficientes de depuración en usos domésticos de agua
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, los sujetos pasivos del Impuesto sobre la contaminación de las aguas (ICA) que lo sean por uso doméstico de agua, siempre que las aguas residuales que produzcan sean conducidas a una instalación de tratamiento de titularidad privada en funcionamiento, podrán solicitar la aplicación de coeficientes reductores de la tarifa.
Dirigido a
- Sujetos pasivos del Canon de Saneamiento que lo sean por uso doméstico de agua, siempre que las aguas residuales que produzcan sean conducidas a una instalación de tratamiento de titularidad privada en funcionamiento
Requisitos
- Que se trate de usos domésticos de agua, entendiendo por tales:
- Los realizados en viviendas que den lugar a aguas residuales generadas principalmente por el metabolismo humano y las actividades domésticas.
- Los realizados en instalaciones destinadas al ejercicio de actividades de naturaleza comercial o industrial, cuando el consumo sea inferior a 1000 metros cúbicos anuales, siempre que no desarrollen actividades incluidas en la relación establecida por el anexo II del Reglamento regulador del Canon de Saneamiento.
- Que las aguas residuales producidas sean conducidas a una instalación de tratamiento (sea primario o biológico) de titularidad privada en funcionamiento.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
6 meses desde la entrada de la solicitud en el registro
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Escrito dirigido al Instituto Aragonés del Agua
Solicitando la aplicación del coeficiente de depuración, en el que se contenderán necesariamente los siguientes datos:
- Identificación del solicitante y, en su caso, de la persona que lo represente.
- Ubicación de la vivienda o, en su caso, del establecimiento.
- Procedencia del agua (entidad suministradora, captación subterránea, aprovechamiento de aguas superficiales, etc.).
- Descripción de la instalación de tratamiento de aguas residuales en funcionamiento.
- Identificación del punto de vertido de las aguas residuales tratadas.
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2. Fotocopia del DNI
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3. Documentación técnica descriptiva del sistema de tratamiento
O información emitida por el fabricante de la misma.
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4. Informe de un laboratorio acreditativo
En caso de tratarse de tratamiento biológico, de que los rendimientos de depuración obtenidos en eliminación de materias en suspensión (MES) y demanda bioquímica de oxígeno (DBO5) superen el 70% o el vertido presente concentraciones inferiores a 35 mg/l de MES y 25 mg/l de DBO5.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
En caso de que la vivienda o instalación en que se realice el uso de agua carezca de conexión a una red de alcantarillado, la solicitud de presentará por el propio sujeto pasivo.
Si, por el contrario, existe conexión a una red de alcantarillado que sirva las aguas residuales a la instalación privada de tratamiento, la solicitud se presentará por el titular de la red de alcantarillado.
El sujeto pasivo puede encontrarse obligado a presentar declaración según Modelo 884.-Declaración de Aprovechamientos de Agua (ver la ficha correspondiente a dicho modelo).
Se solicita a través de instancia, que aparece en el anexo del formulario
Documentación adicional, aportar cualquier otro documento que se estime oportuno para fundamentar la pretensión del solicitante.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses desde la entrada de la solicitud en el registro
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Teléfono del Instituto Aragonés del Agua 976 716 655
Correo electrónico. Correo de información del IAA iaa@aragon.es
Página web. Instituto Aragonés del Agua
Página web. Oficina de gestión del IMAR
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
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Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón
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Decreto 206/2008, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 266/2001, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador del Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón
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Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre Reclamaciones Tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón
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Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y desarrollos normativos de la legislación general tributaria en materia de actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos
Normativa general
-
Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales
-
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
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Orden /2009, de 27 de abril, de los Departamentos de Economía, Hacienda y Empleo y de Medio Ambiente, por la que se aprueban los modelos 882, 883, 884, 885, 886, 887 y 888 de declaración tributaria del Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón
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Ayuda a la tramitación electrónica
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Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.