Acreditación como asociación promotora de programas

Trámite 1198

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las entidades sin ánimo de lucro promotoras de programas de acogimiento temporal de menores extranjeros, que cumplan los requisitos exigidos, podrán solicitar la acreditación necesaria que les permita operar y sirva de garantía tanto para los menores acogidos como para las familias aragonesas acogedoras de los mismos.


Dirigido a

  • Representante legal de la entidad según los Estatutos o persona que designe el órgano de gobierno de la entidad. En este caso deberá presentarse el Acta de la reunión.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Asociaciones y en el de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Tener acreditados en sus Estatutos como fines propios la realización de acogimientos temporales de menores extranjeros.
  • Acreditar que dispone de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder demostrar la experiencia y capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el programa de acogida.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Copia de los Estatutos de la Asociación

  • 2. Acreditación de estar inscrito en el Registro de Asociaciones

  • 3. Acreditación de inscripción

    En el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción social de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • 4. Copia del NIF/CIF de la Asociación

  • 5. Breve resumen explicativo del programa

    Incluyendo datos de: financiación, tiempos de estancia, procedencia de los menores, monitores acompañantes, criterios de distribución en las familias, gestiones realizadas en el país de origen, existencia o no de personas intermediarias, actividades a realizar y, en general, aquellos otros aspectos que incidan directamente en el programa de acogida.

  • 6. Memoria financiera

    En la que se especifiquen las aportaciones económicas de los solicitantes, de la asociación y otras fuentes de financiación del programa.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La acreditación, mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, tiene una validez máxima de 5 años.

Cada año deberán solicitar autorización previa para la realización del Programa concreto de acogimiento temporal a desarrollar, con un mes de antelación a la fecha de inicio del mismo, para comprobación de los datos aportados. Disponer de la acreditación es un requisito indispensable para la aprobación del Programa.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Normativa

Normativa aplicable a este trámite.

Normativa específica

Normativa general

  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil, y la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, Sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social modificada por la Ley Orgánica 2/2009

  • Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón

  • Decreto 190/2008, de 7 de octubre, Reglamento de medidas de protección de menores

  • Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, Medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de Respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Apartado anterior:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

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