Autorización e inscripción en el Registro de núcleos zoológicos

Trámite 1133

En plazo permanente

Trámite1133

En plazo permanente

Detalles del trámite

A través de este trámite se podrá solicitar la autorización e inscripción de un núcleo zoológico en el Registro de Núcleos Zoológicos de Aragón.

Los núcleos itinerantes como exposiciones o circos, entre otros, deberán solicitar una autorización específica (trámite 1134).

Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:




Otras acciones


Dirigido a

  • Titulares de núcleos zoológicos de la Comunidad Autónoma de Aragón

Requisitos

  • Ser titular de un núcleo zoológico y cumplir las condiciones para la autorización:
    • Contar con los permisos o autorizaciones adecuados y cumplir con las condiciones específicas de la actividad a desarrollar:
    • Con carácter general, conforme establezca la legislación ambiental, la instalación, modificación sustancial o traslado de los núcleos zoológicos quedarán sujetos al otorgamiento de la licencia ambiental de actividades clasificadas, salvo que queden sometidas a la evaluación de impacto ambiental o a la autorización ambiental integrada.
    • En los supuestos anteriores, con carácter previo al comienzo de la actividad, los núcleos zoológicos deberán solicitar y obtener la licencia municipal de inicio de la actividad, tal y como establece la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón.
    • Las instalaciones y actividades no consideradas como núcleos zoológicos deberán obtener la licencia o autorización municipal de apertura prevista en la legislación de régimen local.
    • En caso de haber solicitado las citadas licencias pero no disponer de ellas en la fecha de resolución de la autorización como núcleo zoológico, la efectividad de ésta quedará condicionada al otorgamiento de las mismas.
    • Llevar un libro de registro conforme a lo establecido en el artículo 14.
    • Contar con las condiciones higiénico-sanitarias acordes con las necesidades fisiológicas y etológicas de los animales a albergar, así como con las condiciones ambientales y de bienestar animal establecidas en el anexo III, sin perjuicio de otras que pueda disponer la normativa específica.
    • Disponer de un servicio veterinario responsable del estado físico y sanitario de los animales.
    • Contar con los habitáculos para los animales con los requisitos mínimos establecidos en el anexo III, así como estar ubicados en un emplazamiento adecuado que cumpla las distancias mínimas que se fijan en el anexo II, salvo que por las normas específicas o urbanísticas puedan establecerse otras más restrictivas.
    • Disponer de zonas adecuadas para evitar el contagio en los casos de enfermedad o, en su caso, para guardar los periodos de cuarentena.
    • Contar con las medidas de seguridad necesarias, según la actividad de que se trate.
    • Disponer de personal adecuado y capacitado para el cuidado y atención de los animales
  • En el caso de instalaciones que tengan la consideración de parques zoológicos, conforme a la Ley 31/2003, de 27 de octubre, la autorización de éstos como núcleos zoológicos será previa a la autorización de apertura al público que corresponde otorgar al departamento competente en materia de fauna silvestre.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

6 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Formulario de solicitud

  • 2. Memoria descriptiva de la actividad

  • 3. Servicio veterinario

    Contrato y programa sanitario.

  • 4. Relación de las especies a albergar

    Con indicación de su censo previsto.

  • 5. Programa de higiene

  • 6. Sistemas de eliminación de residuos y subproductos

  • 7. Documento acreditativo de la personalidad jurídica

    De compromiso de solicitud de autorización y de representación suficiente, en caso de ser persona jurídica.

  • 8. Autorizaciones exigidas por el ordenamiento jurídico

    Licencia de inicio de actividad o equivalente.

  • 9. Autorización uso de SANDACH

    En la alimentación de los animales, en caso de usarlo.

  • 10. Proyecto técnico

    En caso de disponer de licencia ambiental de actividades clasificadas o autorización ambiental integrada.

  • 11. Programa avanzado de atención veterinaria

    En parques zoológicos.

  • 12. Documentación acreditativa cumplimiento requisitos mínimos de seguridad

    En centros que alberguen animales potencialmente peligrosos.

  • 13. Documentación acreditativa condiciones centro de limpieza y desinfección

    Si dispone de equipos de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de rehalas.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

El plazo de resolución es para practicar la inscripción pero también para que previamente se resuelva la autorización.

El modelo de pago de la tasa que debe cumplimentarse lo encontrará en el enlace siguiente Autoliquidación tasas

Si al presentar su solicitud por via telemática les surge alguna dificultad técnica dirigirse a soportesae@aragon.es ó llamando al teléfono 976289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes) o a través del Formulario de consultas

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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