Puntos de información turística

Trámite 9835

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las empresas titulares de oficinas de turismo que tengan adscritos puntos de información turística y que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente para su apertura.

Igualmente es posible realizar otras acciones como informar sobre la modificación de datos o sobre el cese de actividad.


Dirigido a

  • Titulares de oficinas de turismo que tengan adscritos puntos de información turística

Requisitos

  • Disponer de un espacio de atención al público y de una zona dedicada a exposición de material al objeto de facilitar las tareas de información y consulta.
  • Deberán estar situados, preferentemente, en puntos estratégicos de afluencia turística.
  • Dispondrán de una infraestructura que permita una adecuada atención al público y el acceso del mismo al material de promoción turística.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

Desde que presenta la declaración responsable se puede ejercer la actividad que será revisada en un plazo máximo de 3 meses.

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Acreditación de la representación

    Respecto del titular de la oficina de turismo si no accede al tramitador con certificado de representación

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Validación de NIF de un contribuyente


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Inscripción en Registro de Turismo a efectos informativos.

Posibilidad de solución extrajudicial de conflictos mediante arbitraje de consumo en establecimientos adheridos.

Una vez formalizada la declaración responsable y en un plazo no superior a 3 meses, tras las oportunas comprobaciones, el órgano competente podrá, en su caso:

- Inscribir el acto o hecho en el Registro de Turismo de Aragón a efectos meramente informativos.

- Clausurar el establecimiento o prohibir el ejercicio de la actividad en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, sin que por ello se derive derecho alguno a indemnización.

- Establecer motivadamente las condiciones en que pudiera ser ejercida la actividad o tener lugar la apertura y clasificación del establecimiento, y su correspondiente inscripción.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

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