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Declaración responsable de batidas de jabalí extraordinarias en cotos de caza por daños

N° 11102

Trámite necesario para poder realizar batidas extraordinarias de jabalí, en cotos deportivos, municipales, privados o intensivos de caza, por daños a la agricultura, selvicultura, ganadería o medio natural, así como en previsión de los mismos desde el 1 de julio hasta el tercer sábado de septiembre, ambas fechas incluidas.

La comunicación se enviará al Servicio Provincial competente en caza por registro electrónico y, además, se enviará por correo electrónico a la Sección de Caza territorialmente competente y a la Guardia Civil según se indica en el propio modelo de comunicación.

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Titulares o cesionarios de cotos de caza

Requisitos

  • Aplicable a cotos deportivos, municipales, privados o intensivos de caza
  • Remitir al menos cinco días hábiles antes de la celebración de la batida

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

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