Ayudas a la creación artística dirigidas a fundaciones y asociaciones
Fuera de plazo - Del 07/09/2017 al 16/09/2017
El plazo de presentación terminó el 16 septiembre 2017
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 07/09/2017 al 16/09/2017
El plazo de presentación terminó el 16 septiembre 2017
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Puedes descargar el formulario en PDF, rellenarlo, firmarlo y presentarlo de forma presencial en una oficina de registro junto con el resto de documentación requerida.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las fundaciones y asociaciones que cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria pueden presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas a la creación artística.
Dirigido a
- Fundaciones y asociaciones
Requisitos
- Podrán solicitar estas subvenciones las fundaciones y asociaciones, que deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones y en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 07/09/2017 a las 00:00 h
Fin: 16/09/2017 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Resolución
6 meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Solicitud
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2. Acreditación personalidad de la entidad solicitante
Original o copia que acredite la personalidad de la entidad solicitante: Fotocopia NIF, de la inscripción en el Registro de Asociaciones o en el de Fundaciones y de los estatutos de la Asociación o Fundación.
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3. Acreditación representante
Original o copia que acredite al representante de la entidad que solicita la subvención conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Acta actualizada de la Junta directiva, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención, donde conste la composición de la misma y el nombramiento del representante, fotocopia del N.I.F. del representante o autorización a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para acceder a la consulta o verificación de N.I.F. o documento acreditativo equivalente en el caso de extranjeros, a través de medios electrónicos. En caso de que no consientan la realización de esta consulta, deberá indicarlo expresamente y aportar los documentos exigidos en esta convocatoria.
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4. Declaración responsable de prohibiciones
De no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Anexo I.
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5. Declaración responsable cumplimiento actividad
Que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad por la Administración Comunidad Autónoma, Organismos autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma. En caso de no haber recibido ninguna ayuda por parte de estas entidades, deberá manifestarlo en una declaración responsable. Anexo I.
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6. Declaración subvenciones, ayudas e ingresos
Concedidos o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidades públicas o privadas, nacionales o de la Unión Europea o de organismos internacionales, relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia. Anexo I.
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7. Declaración ayudas MINIMIS
Percibidas por el solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los dos anteriores. Anexo I.
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8. Ficha de terceros
Señalando un número de cuenta en el que deba efectuarse el ingreso de la subvención concedida, en caso de no haberla aportado con anterioridad.
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9. Memoria descriptiva de la actividad
Para la que se solicita la subvención y plazo estimado de ejecución, especificando su ámbito territorial de actuación y repercusión cultural. Deberá incluir: relación de personas, técnicos o empresas que tengan participación en el proyecto y que cuenten con vecindad administrativa en Aragón. También deberá hacer constar los medios técnicos necesarios para realizar la actividad.
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10. Presupuesto actividad
Con el IVA desglosado, detallando los gastos a realizar en la ejecución de la misma.
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11. Presupuesto de ingresos explicativo plan de financiación
Aportaciones de la propia entidad o de otras.
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12. Acreditación trayectoria y experiencia solicitante
Documentación que acrediten la trayectoria y experiencia del solicitante en proyectos de creación o residencias artísticas llevados a cabo en los últimos 5 años.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Estas ayudas son compatibles con la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos y privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que la suma de todas no supere el 100% del presupuesto de la actividad.
Asimismo estas ayudas quedan sometidas al régimen de minimis en los términos regulados en el Reglamento de la Comisión de la Unión Europea número 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE 24 de diciembre de 2013), que establece en 200.000 euros el límite de las ayudas percibidas por un beneficiario durante un período de tres años. La cuantía máxima de la subvención no será superior a 10.000 euros, en cualquiera de sus modalidades.
Las ayudas de esta línea de subvención, con sus dos modalidades, contarán con una cuantía total de 60.000 euros, con cargo al presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del ejercicio 2017, aplicación presupuestaria G/18060/4521/480448/91002
Sólo se subvencionará un proyecto por peticionario y modalidad. En caso de que el solicitante presente más de uno, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Presencial - Pasos a seguir
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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6 meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones
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Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón
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Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017
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Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural
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Orden ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural
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Orden ECD/1262/2017, de 25 de agosto, por la que se convocan ayudas a la creación artística para el ejercicio 2017 dirigidas a fundaciones y asociaciones
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Ayuda a la tramitación electrónica
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