Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 18/07/2025 al 31/07/2025
El plazo de presentación terminó el 31 julio 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 18/07/2025 al 31/07/2025
El plazo de presentación terminó el 31 julio 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas para la realización de las siguientes actividades culturales:
a) Conciertos.
b) Organización de espectáculos de artes escénicas.
c) Concursos y exposiciones de artes plásticas y visuales.
d) Jornadas y Congresos.
e) Conferencias.
f) Actividades multidisciplinares.
g) Galas, certámenes y entregas de premios.
No son objeto de esta convocatoria las siguientes actividades:
a) Los festivales de cine, artes escénicas, artes plásticas, artes visuales, música y
literatura.
b) Las enmarcadas en la celebración de verbenas y fiestas populares.
c) Las de carácter privativo que tengan como objetivo la realización de actividades internas de la entidad o el provecho exclusivo de los miembros de la entidad solicitante.
d) Las que tienen como objetivo las celebraciones de carácter lúdico y viajes.
e) Los programas y actividades de desarrollo curricular de los centros educativos, ya sean organizados directa o indirectamente para los mismos, así como las actividades organizadas por las A.M.P.A.S. de los centros.
Requisitos
- Domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar inscritas en un registro público de asociaciones o fundaciones.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 18/07/2025 a las 00:00 h
Fin: 31/07/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Acreditación de la inscripción en un registro público fuera de Aragón
Justificante de inscripción en un registro público de asociaciones o fundaciones, en el caso de no estar inscrita en el registro de asociaciones y fundaciones de la C. A. de Aragón.
-
2. Memoria del proyecto
Memoria descriptiva de la actividad para la que se solicita la subvención (objetivos, contenido, metodología, evaluación con indicadores, cronograma). Asimismo, deberá incluir una declaración responsable de la antigüedad de la actividad para la que se solicita la ayuda, con detalle de la fecha y lugar en que se realizó cada edición.
-
3. Relación de medios técnicos
Relación detallada de los medios técnicos necesarios para realizar la actividad.
-
4. Presupuesto de gastos del proyecto
Presupuesto de la actividad o actividades para la que solicita la ayuda, desglosado por partidas. Si la asociación o fundación es una entidad que está sujeta o no exenta del impuesto sobre el valor añadido, el presupuesto deberá presentarse sin incluir el I.V.A. Por el contrario, si la asociación o fundación es una entidad que está exenta o no sujeta al impuesto sobre el valor añadido, el presupuesto deberá presentarse incluyendo el I.V.A.
-
Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación donde se indiquen las aportaciones de recursos propios por parte de la asociación o fundación y los ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución de la actividad o actividades culturales.
-
6. Relación de documentación en poder de la Administración
Documentos que ya han sido aportados ante el Departamento concedente, sobre los que no se han producido modificaciones.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
- Las ayuda concedida, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos, generados o no por la propia actividad, no podrán superar el 100% del coste de la actividad subvencionada.
- El importe de la convocatoria es de 140.000 €.
- La cuantía individualizada de la ayuda no podrá ser inferior a 1.000 € ni superior a 12.000 €.
- Serán considerados gastos subvencionables los que se realicen entre el 14 de noviembre del 2024 y el 13 de noviembre del 2025.
- Estas ayudas quedan sometidas al régimen de mínimis.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Teléfono. 976716603 - 976 714 180
Correo electrónico. ayudascultura@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones
-
Orden ECD/1803/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022, de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
-
Orden ECD/126/2025, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ECD/1248/2022,de 6 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
Más información
¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.