Convocatoria 2024
Fuera de plazo - Del 10/04/2024 al 02/09/2024
El plazo de presentación terminó el 02 septiembre 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 10/04/2024 al 02/09/2024
El plazo de presentación terminó el 02 septiembre 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para las siguientes actuaciones:
- Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.
- Participación, como expositor en ferias profesionales, comerciales o exposiciones individuales o colectivas.
- La incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana.
Dirigido a
- Pequeñas y medianas empresas (pymes) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles
Requisitos
- Pymes que tengan su domicilio fiscal en Aragón y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de oficios artesanos, excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria).
- Que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, B.O.A. número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria).
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 10/04/2024 a las 00:00 h
Fin: 02/09/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Resolución
3 meses, computándose dicho plazo desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Memoria descriptiva
Memoria descriptiva en la que figure la relación de las actuaciones para las que se solicita la ayuda, con desglose y cuantificación de las diferentes partidas correspondientes a cada una de las actuaciones subvencionables, especificando claramente si dichas partidas incluyen IVA o no, así como una evaluación de las cuestiones indicadas en la solicitud de conformidad con los indicadores del apartado cuarto de la convocatoria.
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Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá una relación clasificada de las inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, fecha de pago.
Para el detalle de las facturas aportadas, se podrá cumplimentar la excel puesta a disposición .
La excel consta de tres hojas, una para cada concepto subvencionable.
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3. Facturas y justificantes de pago
Justificantes de gasto y pago, con los correspondientes extractos bancarios de aquellas operaciones que se realicen a través de entidad financiera y facturas acreditativas de los gastos e inversiones incorporados en la relación de actuaciones. En el caso de nuevos profesionales, la acreditación del pago de las cuotas mensuales de la SS.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Concurrencia con otras ayudas
Documento que incluya las facturas que concurren con otras ayudas concedidas o solicitadas. Para el detalle de las facturas aportadas, se podrá cumplimentar la excel puesta a disposición.
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1. Justificantes de constitución de la entidad y su inscripción en el registro
Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente o declaración de que constan en poder de la Administración, indicando el organismo y número de expediente en el que consta.
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1. Fotografías de las inversiones
Fotografías de la situación del establecimiento en las que se aprecie la realización de la inversión realizada, y si dispusieran de ellas, fotografías anteriores a la misma. Cuando la inversión consista en adquisición de maquinaria o utillaje, las fotografías deberán mostrar el número de identificación y marcado CEE.
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1. Certificado régimen autónomos Seguridad Social
Certificado emitido por la Seguridad Social justificativa de la duración de su situación en régimen de autónomos.
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1. Certificado de materias
Acreditación de la formación recibida mediante certificado de materias objeto de la formación
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1. Certificado de formación en prevención de riesgos laborales
Acreditación de la formación recibida mediante certificado de materias en prevención de riesgos laborales.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Validación de NIF de un contribuyente
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Impuesto sobre actividades económicas (IAE)
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO, FERIAS Y ARTESANÍA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Los justificantes de gasto y de pago correspondientes a los gastos subvencionables deberán estar comprendidos en el periodo entre el 1 de septiembre de 2023 y la fecha de presentación de las solicitudes, circunstancia que se constatará con la fecha de emisión de las facturas.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses, computándose dicho plazo desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 717
Correo electrónico. dgca@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden ICD/417/2021, de 21 de abril, por la que se modifica la Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias, en la Comunidad Autónoma de Aragón
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Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas correspondientes a actividades y proyectos del sector artesano, comercio interior y ferias, en la Comunidad Autónoma de Aragón
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Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.