Convocatoria 2026

Trámite 5584

En plazo - Del 26/03/2026 al 27/04/2026

Trámite5584

En plazo - Del 26/03/2026 al 27/04/2026

Detalles del trámite

Convocatoria de ayudas destinadas a entidades sin ánimo de lucro, personas físicas y entidades locales, para la mejora de los espacios e instalaciones en donde se realizan las actividades juveniles de tiempo libre que son objeto de regulación en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón (acampadas, colonias y campos de voluntariado).

Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:




Otras acciones


Requisitos

  • Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos dirigidos a la mejora de las áreas y emplazamientos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, destinados a la realización de actividades juveniles objeto de regulación en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, siempre y cuando cumplan todos los requisitos establecidos en los artículo 7.1 y 7.2 de la citada normativa y hayan realizado y comunicado debidamente al Instituto Aragonés de la Juventud, al menos, tres actividades objeto de dicho Decreto, durante el periodo comprendido entre 2018-2024.
  • Cada solicitante podrá presentar un proyecto por emplazamiento, y como máximo se podrán subvencionar dos proyectos por entidad sin ánimo de lucro, persona física o entidad local.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 26/03/2026 a las 00:00 h

Fin: 27/04/2026 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Las personas físicas solicitantes que no opten por presentar la solicitud de forma electrónica o en caso de imposibilidad material en el supuesto de las entidades locales y entidades sin ánimo de lucro, la tramitación de las solicitudes se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Otros

Las entidades sin ánimo de lucro y locales presentarán su solicitud de forma electrónica a través de los registros

electrónicos de la Administración. La aplicación informática se halla disponible en la sede

electrónica del Gobierno de Aragón, https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general.

Las personas físicas podrán hacerlo a través de la sede electrónica del G.A, o en cualquier registro habilitado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Resolución

3 meses

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • 2. Ficha de terceros del IAJ

    Las entidades sin ánimo de lucro y entidades locales interesadas deberán comunicar los datos identificativos y número de cuenta corriente con certificado digital a través del siguiente enlace: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ficha-terceros/identificacion.

    En el caso de personas físicas o imposibilidad material de tramitación electrónica se podrá presentar la ficha de terceros de forma manual. El formulario se encuentra disponible en la presente dirección: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria.

  • 3. Acreditación de la Cámara de Cuentas (solo Entidades Locales)

    Las Entidades Locales deberá acreditar estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, debe haber adoptado medidas de racionalización del gasto y debe haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

  • 4. Modelo I: Declaración responsable

    A efectos de lo establecido en el apartado decimoprimero punto 5 c) de la

    Orden de la Consejera de Bienestar Social y Familia, por la que se convocan

    subvenciones destinadas a la mejora de los emplazamientos donde se realizan las

    actividades contempladas en el Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de

    Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de las actividades juveniles de tiempo

    libre en la Comunidad Autónoma de Aragón en su modalidad de acampadas, colonias

    y campos de trabajo, para el año 2026.

  • 5. Modelo II_Declaración de concurrencia de subvenciones

    Declaración de las subvenciones concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra Administración o entidad pública o privada relativas al mismo proyecto, según anexo II accesible por vía telemática a través de la Sede electrónica del Instituto Aragonés de la Juventud en la página web del Instituto Aragonés de la Juventud.

  • 6. Modelo III_Declaración responsable requisitos Decreto

    A efectos de lo establecido en el apartado decimoprimero punto 5 e) de la Orden de la

    Consejera de Bienestar Social y Familia, por la que se convocan subvenciones destinadas

    a la mejora de los emplazamientos donde se realizan las actividades contempladas en el

    Decreto 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el

    Reglamento de las actividades juveniles de tiempo libre en la Comunidad Autónoma de

    Aragón en su modalidad de acampadas, colonias y campos de trabajo, para el año 2026.

  • 7. Modelo IV_Memoria

    Memoria descriptiva de la actuación subvencionable.

  • 8. Modelo V_Certificado cumplimiento obligaciones

    Certificado cumplimiento obligaciones articulo 9 c) del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Las entidades sin ánimo de lucro y locales presentarán su solicitud de forma electrónica a través de los registros electrónicos de la Administración. La aplicación informática se halla disponible en la sede

electrónica del Gobierno de Aragón, https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general.

Las personas físicas podrán hacerlo a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón o en cualquier registro habilitado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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