Ayudas al desarrollo del diseño industrial para la innovación - Convocatoria 2021
N° 813
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas, al desarrollo del diseño industrial para la innovación.
Estas ayudas, buscan incorporar metodologías de gestión del diseño, dentro de la cultura empresarial, para diseñar, rediseñar o innovar en un producto, servicio o marca, con foco en las necesidades de los clientes o personas usuarias.
Están dirigidas a las pequeñas y medias empresas (pymes) y las personas en régimen autónomo.
Requisitos
- 
			Las ayudas se destinan a PYMES que:
			
				
				
- estén válidamente constituidas como máximo antes del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes.
- cuenten con un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que estén vinculadas a la actividad industrial según determina el Texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial en Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón o que realicen actividades que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma y otras actividades económicas cuando éstas resulten innovadoras o con potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.
- que estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social y estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que no hayan sido sancionadas en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo
- poder justificar el mantenimiento del empleo desde la solicitud de la ayuda hasta su justificación.
- que estén radicadas y desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- que estén constituidas o dadas de alta con anterioridad a que transcurra un mes natural desde la fecha de cierre del plazo de solicitudes.
 
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Todas las solicitudes deben aportar:
- Memoria de empresa 
- Memoria de proyecto 
- Ficha de Terceros Descargar modelo Ficha de Terceros
Para la realización de un proyecto en el ámbito de la transformación digital y/o de la economía circular:, hay que aportar además:
- Justificación de transformación digital y/o economía circular 
Si se realizan las Fases I y II de los trabajos, hay que aportar también:
- Presupuestos de consultor y de empresa de servicios de diseño 
Si solo se realiza la Fase II de los trabajos, hay que aportar también:
- Presupuesto de la empresa de servicios de diseño 
Si el importe de los trabajos es superior a las cuantías establecidas para el contrato menor, hay que aportar también:
- Tres presupuestos y justificación de la elección 
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detalles- NIF 
- Declaración de Alta en Impuesto de Actividades Económicas 
- Corriente de pago AEAT 
- Agencia Estatal de la Administración Tributaria. 
- Corriente de pago TGSS 
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
Solicitud de la ayuda, hasta el 14 de mayo de 2021 inclusive o un mes desde su publicación
- Iniciar el trámite online, identificándose con el certificado de persona jurídica o física: Cl@ve permanente o certificado electrónico de la empresa.
- Completar el formulario online.
- Adjuntar la documentación.
- Firmar el formulario electrónicamente.
Valoración de las solicitudes
- Las solicitudes elegibles se ordenarán por puntuación obtenida según criterios y, en caso de empate, por fecha y hora de presentación.
Propuesta de resolución
- La empresa será notificada y tendrá un plazo de cinco días para presentar alegaciones.
Resolución
- La empresa será notificada. al correo electrónico facilitado.
- La empresa podrá interponer recurso.
- Si no recibe notificación en el plazo de 3 meses puede considerar desestimada su solicitud.
Aceptación de la ayuda, 10 días hábiles desde la notificación de concesión
- Deberá comunicarse a la Dirección General de Industria y PYMES, en caso contrario se entenderá que renuncia.
- Como beneficiario/a deberá cumplir estas obligaciones
Desarrollo de los trabajos, el periodo subvencionable para el desarrollo de cada trabajo se establecerá en la resolución
- Se deben seguir las instrucciones del Anexo I y utilizar los manuales, guías y listas de chequeo publicados por el CADI.
- El CADI realizará seguimiento de los plazos y de los documentos.
- Si se detecta falta de dedicación, incumplimiento de plazos o persecución de objetivos distintos se perderá el derecho al cobro de la ayuda.
Justificación, 15 días desde el fin del periodo subvencionable
- Es necesaria para percibir la ayuda.
Pago de la subvención
- En el momento de pago se comprobará que se cumplan todas las condiciones.
- La empresa recibirá el pago de la subvención tras justificar que se han acabado los trabajos.
Estas ayudas se convocan en el marco del Programa de Ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
 Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 796 581
- Correo electrónico. cadi@aragon.es
- Presencial. CADI Calle Monasterio de Samos s/n (edificio antiguo matadero) 50013 Zaragoza
- Presencial. Horario oficina de 9 a 14 horas, de lunes a viernes
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
	- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
 
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
	- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
 - soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
 
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Normativa
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón 
- Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón 
- Orden ICD/419/2022, de 12 de abril, por la que se modifca la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón y se convocan para el ejercicio 2022, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP). 
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 08/04/2021 al 14/05/2021
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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