Entidades locales - Establecimientos de Multiservicio Rural - Convocatoria 2024
Fuera de plazo - Del 30/07/2024 al 10/09/2024
El plazo de presentación terminó el 10 septiembre 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Fuera de plazo - Del 30/07/2024 al 10/09/2024
El plazo de presentación terminó el 10 septiembre 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las entidades locales pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para la mantenimiento, mejora, equipamiento y modernización de establecimientos de Multiservicio Rural (MSR), adheridos a la Red MSR, a cargo del Fondo de Cohesión Territorial.
Dirigido a
- Municipios aragoneses, titulares de establecimientos MSR adheridos a la Red MSR, que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria en relación a la clasificación en la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón y al Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- La solicitud de subvención será para realizar actuaciones únicamente en los municipios y asentamientos que cumplan los requisitos especificados en la convocatoria.
- Los establecimientos objeto de las actuaciones subvencionables deberán ofrecer, como mínimo, el servicio de comercio de proximidad o, en otro caso, ofrecer al menos dos servicios de entre los siguientes: bar, alojamiento, punto “wifi”, entrega de paquetería, punto de información turística y servicio de disposición de dinero en efectivo (tipo “cash back” o similar).
- Las actuaciones objeto de subvención deberán haber sido ejecutadas entre el día 1 de septiembre de 2023 y 25 de octubre de 2024, circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura y con certificado final de obra, cuando sea preceptivo.
- Las ayudas estarán destinadas a financiar las inversiones para mantenimiento, mejora, equipamiento y modernización de los establecimientos, que se correspondan con los gastos subvencionables definidos en la convocatoria.
- La cuantía máxima de la subvención a percibir por las entidades beneficiarias, considerados todos los gastos subvencionables propuestos, será de18.000 €, IVA incluido, en el caso de entidades locales titulares de un establecimiento MSR de nueva creación y de 10.000 € para entidades locales titulares del resto de establecimientos MSR.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 30/07/2024 a las 00:00 h
Fin: 10/09/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Memoria de las actividades
Memoria descriptiva de la actividad o actividades para las que se solicita subvención, con el contenido que se especifica en la convocatoria, firmada por la persona representante legal de la entidad local solicitante.
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2. Certificado de autorización de implantación del MSR
Certificado de autorización de implantación del MSR en la localidad y de la afectación del correspondiente inmueble de titularidad municipal al establecimiento o de que la persona titular del inmueble tiene un contrato de alquiler o cesión a favor del Ayuntamiento por un período mínimo de 10 años, para la funcionalidad de MSR.
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3. Plan de empresa
Documento acreditativo de que el establecimiento de multiservicio objeto de la ayuda dispone de un plan de empresa elaborado por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de la provincia correspondiente
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4. Carteles anunciadores de la marca MSR
Documento gráfico acreditativo de que el establecimiento de multiservicio objeto de la ayuda dispone de carteles anunciadores de la marca MSR
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Acreditación de la representación
Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
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2. Acreditación de la representación del alcalde o alcaldesa
Documento que acredite la representación de la persona que firma la solicitud como alcalde o alcaldesa del municipio (representante legal de la entidad), en el caso de presentación con certificado de persona física. Si la solicitud la presenta mediante certificado de representante de la entidad, no será necesario aportar dicha documentación.
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1. Certificado de medidas de racionalización del gasto
Certificado de la persona que ejerza la secretaría de la entidad local, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con las personas o entidades proveedoras.
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1. Presupuesto de adquisición de mobiliario o equipamiento
En caso de que la actuación subvencionable consista en la adquisición del mobiliario o equipamiento previsto como subvencionable, deberá aportarse el correspondiente presupuesto, que se estructurará mediante partidas o capítulos homogéneos según las actuaciones subvencionables para las que se solicite ayuda, debiendo incluir las unidades desglosadas y el detalle de los gastos subvencionables (con IVA y sin IVA) que se relacionan en la convocatoria.
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1. Proyecto o memoria valorada
Si se solicita ayuda para la realización de las obras consideradas subvencionables en esta convocatoria, la solicitud deberá acompañarse del correspondiente proyecto o memoria valorada, suscrito por la persona técnica competente.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 807
Teléfono. 976 716 881
Correo electrónico. dgdespoblacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
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Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
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Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
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Orden VMV/1365/2025, de 23 de septiembre, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos y del índice de funcionalidad de Aragón enmarcados en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2024 y otras variables socioeconómicas.
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Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
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Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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