Entidades locales - Eficiencia energética - Convocatoria 2024
Fuera de plazo - Del 22/08/2024 al 02/10/2024
El plazo de presentación terminó el 02 octubre 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
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Fuera de plazo - Del 22/08/2024 al 02/10/2024
El plazo de presentación terminó el 02 octubre 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para realizar obras de conservación y rehabilitación de edificaciones, así como de renovación o instalación y puesta en servicio de sistemas de calefacción y refrigeración, dirigidas a la mejora de la eficiencia energética de inmuebles de titularidad municipal de pleno dominio o a disposición de la entidad en virtud de otros títulos, destinados a equipamientos y servicios, a cargo del Fondo de Cohesión Territorial.
Dirigido a
- Municipios aragoneses que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria en relación a la clasificación en la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón y al Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas.
Requisitos
- En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.
- Las actuaciones objeto de subvención deberán haber sido ejecutadas entre el día 1 de enero de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura.
- La acreditación del ahorro energético derivado de la actuación subvencionable se realizará mediante certificado de eficiencia energética previo y posterior a la intervención, suscrito por técnico competente.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 22/08/2024 a las 00:00 h
Fin: 02/10/2024 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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2. Certificación energética
Certificación energética suscrita por técnico competente previo a la actuación, que acredite el grado de eficiencia energética del inmueble objeto de la intervención.
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3. Certificado de titularidad
Certificado expedido por el Secretario o Secretaria de la entidad local, en el que se acredite la plena titularidad municipal o de uso del inmueble donde se ubicará el objeto de la subvención. La entidad local ha de ser titular del inmueble o inmuebles a rehabilitar con anterioridad a la expiración del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria.
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4. Certificado de cumplimiento de requisitos
Certificado del secretario o secretaria del Ayuntamiento, acreditativo del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de la subvención y de los datos necesarios para realizar la valoración.
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5. Certificado medidas racionalización del gasto
Certificado del secretario o secretaria de la entidad local, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores.
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6. Proyecto técnico o memoria valorada suscrito por técnico competente
Proyecto técnico o memoria valorada suscrito por técnico competente, que deberá contener los datos previstos en la convocatoria
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Acreditación de la representación
Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
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2. Acreditación de la representación de la entidad local
Certificado expedido por el secretario de la entidad local, que confirme la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad) en el caso de que la solicitud la firme con un certificado de persona física. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 807
Teléfono. 976 716 644
Teléfono. 976 716 881
Correo electrónico. dgdespoblacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden VMV/1795/2021, de 30 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en desarrollo de la Directriz especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial
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Decreto 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón
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Decreto 165/2017, de 31 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Directriz Especial de Ordenación Territorial de Política Demográfica y contra la Despoblación
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Orden VMV/1076/2023, de 8 de agosto, por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón definida en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2022 y otras variables socioeconómicas.
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Orden FOM/1143/2024, de 20 de septiembre, , por la que se publica la actualización de la Estructura del Sistema de Municipios de Aragón enmarcada en la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón (EOTA) en función del Nomenclátor de habitantes de 2023 y otras variables socioeconómicas.
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Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
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Orden DDJ/466/2024, de 6 de mayo, por la que se modifica la Orden DDJ/314/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el Índice Sintético de Desarrollo Territorial de municipios y comarcas regulado en la Ley 3/2022, de 6 de octubre, de información geográfica de Aragón.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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