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Ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios - Convocatoria 2024

N°10236

A través de este trámite, se pueden solicitar ayudas para el comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios, correspondientes al Programa de apoyo a la competitividad de las pymes de comercio minorista aragonés y al Programa de apoyo especial al comercio de zonas rurales.

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Empresarios que estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.
  • Empresarios que estén gestionando algún Multiservicio Rural con oferta comercial.

Requisitos

  • Estar gestionando algún multiservicio rural, con oferta comercial, o algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.
  • La actuación subvencionable deberá de haberse ejecutado entre el 30 de mayo de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud, circunstancia que se constatará con la fecha de la emisión de la factura.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Memoria descriptiva

    Memoria descriptiva, con extensión máxima de dos folios, en la que figure la relación de las actuaciones para las que se solicita la ayuda en los que se desglose y cuantifique las diferentes partidas correspondientes a cada una de las actuaciones subvencionables, especificando claramente si dichas partidas incluyen IVA o no, así como una evaluación de las cuestiones indicadas en la solicitud de conformidad con los indicadores del apartado cuarto de la convocatoria.

  • Memoria económica

    Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá una relación clasificada de las inversiones de la actividad, con identificación del acreedor o acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y, fecha de pago.

    Para el detalle de las facturas aportadas, se podrá cumplimentar la excel puesta a disposición. Consta de tres hojas, se deberá rellenar una por cada concepto subvencionable solicitado.

    Descargar modelo Memoria económica
  • Facturas y justificantes de pago

    Justificantes de gasto y pago, con los correspondientes extractos bancarios de aquellas operaciones que se realicen a través de entidad financiera y facturas acreditativas de los gastos e inversiones incorporados en la relación de actuaciones.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de que el comercio esté adherido a la Red de Multiservicios

  • Certificado emitido por las Cámaras, de comercio adherido a la red

En el caso de tratarse de un Multiservicio Rural

  • Certificado expedido por la Cámara de Comercio

    Certificado expedido por la Cámara de Comercio de la provincia correspondiente, acreditando que el multiservicio se encuentra adscrito a la red de multiservicios rurales, que está en funcionamiento y los servicios que presta.

Si es persona jurídica

  • Documento justificativo de constitución de la entidad

    Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente o declaración de que constan en poder de la Administración, indicando el organismo y número de expediente en el que consta.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE)

  • Identificación fiscal

    Documento acreditativo de la identificación fiscal del solicitante, así como de su representante (N.I.F)

  • Obligaciones tributarias Comunidad Autónoma

    Estar el corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón para recibir ayudas y subvenciones.

  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias AEAT

    Estar al corriente de las obligaciones tributarias de la AEAT para percibir ayudas y subvenciones.

Información adicional

Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas:

- Los gastos derivados del coste del consumo energético (electricidad, gas y gasoil), de comunicación y de abastecimiento de agua, generados directamente por la actividad comercial de los Multiservicios Rurales y de los establecimientos comerciales que estén en localidades de menos de 500 habitantes y que estén en funcionamiento.

En los casos en los que en el Multiservicio Rural se desarrolle otras actividades además de la comercial, los gastos subvencionables serán los ligados a la superficie destinada al uso comercial.

- Los gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial.

- Gastos de mantenimiento de programas informáticos, software, herramientas informáticas para la gestión del negocio y el marketing online.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses, computándose dicho plazo desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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