Ayudas a particulares por viviendas afectadas por los daños como consecuencia de las lluvias torrenciales entre el 12 de agosto y el 28 de septiembre de 2025. - Convocatoria.
N° 11235
Ayudas a particulares de viviendas afectadas por los daños ocasionados como consecuencia de las lluvias torrenciales entre los días 12 de agosto y 28 de septiembre de 2025.
Plazo de presentación
Del 20/10/2025 a las 09:00h
al 19/11/2025 a las 23:59h
Próximamente
Consultar trámiteRequisitos
- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, propietarios de una vivienda y de los bienes de primera necesidad contenidos en ella, que hayan sufrido daños por destrucción total de la vivienda o que afecten o no a la estructura o en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal o por destrucción o daños en enseres domésticos de primera necesidad contenidos en la vivienda.
- Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las obligaciones del artículo 9 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, además de las fijadas en la Orden y en el acto administrativo de concesión.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social.
- Los daños se localizarán en la vivienda propiamente dicha, destinada a casa-habitación, así como sus anejos, tales como garaje, trastero o almacén con exclusión de dependencias destinadas a uso agrícola, ganadero, industrial, comercial, turístico o de servicios.
- Quedará suficientemente acreditada la relación de causalidad directa entre las lluvias torrenciales ocurridas entre los días 12 de agosto y el 28 de septiembre de 2025 y los daños objeto de subvención.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Documento de representación
En su caso, documento que acredite el poder de representación.
Documentos de constitución e inscripción de persona jurídica.
Si el solicitante es una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución en inscripción en el registro.
Certificado de empadronamiento
Si los daños se han producido en la vivienda habitual, es necesario aportar el certificado de empadronamiento.
Autorización de los titulares de la vivienda.
Si la vivienda pertenece a más de una persona, es necesario aportar un documento mediante el cual el resto de cotitulares autorizan al solicitante a la presentación de la solicitud.
Memoria valorada de los daños.
Se aportará una memoria valorada que describa los daños y/o pérdidas causados, incluyendo una relación de bienes afectados, descripción de los daños, valoración y acreditación de los mismos.
Si es necesaria la declaración de ruina del inmueble o en caso de daños estructurales, la memoria deberá estar suscrita por técnico competente.
En el caso de destrucción total de la vivienda, el valor se podrá acreditar con un informe pericial firmado por un técnico, o mediante el valor registral, con la escritura, con el valor catastral o con el valor a efectos tributarios. También se admitirá la declaración municipal de ruina, acompañada del informe técnico municipal.
El valor de los daños que no afecten a la estructura y los daños o pérdidas de bienes muebles, se podrá acreditar con presupuestos de reparación o facturas.
Documento para acreditar la representación y declaración responsable.
Descargar modelo Documento para acreditar la representación y declaración responsable.Documento para autorizar consultas en caso de que haya varios beneficiarios.
Si hay beneficiarios adicionales al solicitante, cada uno de ellos deberá cumplimentar este documento para autorizar la consulta de datos en poder de la administración.
Descargar modelo Documento para autorizar consultas en caso de que haya varios beneficiarios.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesConsulta de Datos de Identidad
Datos de identidad de la persona interesada, y en su caso, el representante.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Datos de estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Certificación de titularidad catastral
Se comprobará la titularidad catastral de la vivienda.
Consulta de concesiones
Datos de concesión de otras subvenciones de la Intervención General de la Administración del Estado.
Validación de NIF de un contribuyente
En caso de que se trate de una persona jurídica, se comprobarán los datos de identificación fiscal.
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Datos de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Datos de estar al corriente de pago de las obligaciones con la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. centralita 976 714 000
- Correo electrónico. Servicio de Arquitectura y Rehabilitación rehabilitacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
Orden FOM/1350/2025, de 15 de octubre, del Consejero de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para resarcir los daños ocasionados a los particulares en viviendas, en ejecución del Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales acaecidas entre los días 12 de agosto a 28 de septiembre de 2025.
Decreto-ley 6/2025, de 2 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas para la reparación urgente de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón en situaciones de emergencia de protección civil.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 20/10/2025 a las 09:00h
al 19/11/2025 a las 23:59h
Próximamente
Salvo daños ocultos que puedan surgir, en cuyo caso el plazo de presentación de solicitudes será de seis meses a contar desde la fecha de publicación.
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.