Vuelo de drones en Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000

  • Servicio de Espacios Protegidos
  • Dirección General de Medio Natural
  • Medio ambiente
  • Protección del medio, fauna y flora

Esta página tiene el objetivo de clarificar la normativa ambiental aplicada a estas actividades definiendo el órgano competente para la tramitación de las autorizaciones en Aragón.

Dron

El uso profesional y recreativo de UAS (Sistema de aeronaves no tripuladas), comúnmente conocidos como drones, ha tenido un crecimiento exponencial durante los últimos años, siendo cada vez más las personas interesadas en volar sobre los espacios protegidos de Aragón.

En aplicación del artículo 19 del Real Decreto 1180/2018, para la operación de UAS en zonas medioambientales y espacios protegidos, es necesaria autorización previa para su sobrevuelo por parte del gestor del espacio protegido, cumpliendo con las restricciones establecidas en la legislación específica en el caso de los parques nacionales, y en caso de otros espacios naturales con las especificadas en el artículo 19.2, apartados a, b y c de dicho Real Decreto.

Para comprobar si la ubicación del vuelo presenta coincidencia con algún espacio protegido se recomienda la consulta del visor ENAIRE.

Vuelo sobre Espacios Naturales Protegidos (Parques Nacionales, Parques Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos)

Dado que existe una variedad de situaciones (desde espacios naturales donde el sobrevuelo de aeronaves, incluidos drones, está prohibido, hasta otros en que es autorizable o está permitido), es necesario consultar la regulación de cada espacio natural protegido. No obstante, en la mayoría de los espacios el vuelo recreativo con drones está prohibido, por lo que solo cabe autorización a los vuelos que se realicen con finalidad divulgativa, científica o profesional.

La regulación de cada ENP se establece específicamente en sus respectivos Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG). Estos documentos establecen las limitaciones generales y específicas que respecto de los usos y actividades hayan de establecerse, para preservar el estado favorable de los objetivos de conservación de los componentes del patrimonio natural y la biodiversidad. Entre estos usos se encuentra regulado el sobrevuelo con aeronaves de motor, entre las que se incluyen los drones.

Permiso de uso o actividad en espacios naturales protegidos (sede electrónica del Gobierno de Aragón)

Regulación de sobrevuelo recreativo con drones

En la siguiente tabla se muestra resumida la regulación establecida en los PORN y en los PRUG, relativa al sobrevuelo recreativo con drones en espacios naturales protegidos.

Espacio Natural Protegido Regulación
Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido Prohibido
Zona Periferia de Protección del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido Prohibido
Parque Natural de la Sierra y Cañones de Guara Prohibido
Parque Natural de Posets-Maladeta Prohibido
Parque Natural de Los Valles Occidentales Prohibido
Paisaje Protegido de San Juan de la Peña y Monte Oroel Prohibido
Paisaje Protegido de las Fozes de Fago y Biniés Prohibido
Monumento Natural de los Glaciares Pirenaicos No regulado (1)
Monumento Natural de los Mallos de Riglos, Agüero y Peña Rueba No regulado (1)
Parque Natural del Moncayo Prohibido 
Reserva Natural Dirigida de los Sotos y Galachos del Ebro Prohibido
Paisaje Protegido Sierra de Santo Domingo No regulado (1)
Reserva Natural Dirigida de las Saladas de Chiprana Prohibido
Reserva Natural de la Laguna de Gallocanta Prohibido
Monumento Natural de las Grutas de Cristal de Molinos No regulado (1)
Monumento Natural del Puente de Fonseca No regulado (1)
Monumento Natural de los Órganos de Montoro No regulado (1)
Monumento Natural del Nacimiento del Río Pitarque No regulado (1)
Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno No regulado (1)

 

(1) Debe tenerse en cuenta que los ámbitos territoriales de los espacios naturales protegidos coinciden con espacios Red Natura 2000. En los casos en que no existe regulación específica del Espacio Natural Protegido, deberá atenerse a la regulación del espacio Red Natura 2000. (Ver Vuelo sobre Espacios Red Natura 2000)

En el caso de vuelos profesionales, algunos espacios protegidos someten a autorización el sobrevuelo por razones científicas, divulgativas, por motivos de gestión del espacio, etc. Dichas autorizaciones son otorgadas por el órgano administrativo responsable de la dirección del espacio natural protegido. Órganos responsables de los Espacios Naturales Protegidos. (PDF, 72 KB)

Vuelo sobre Espacios Red Natura 2000

Las medidas de gestión y conservación aplicadas a los espacios protegidos Red Natura 2000 se establecen en los planes básicos de gestión y conservación de cada uno de los espacios, que fueron aprobados mediante Decreto 13/2021 del Gobierno de Aragón.

En lo relativo a la regulación de la aviación general y comercial, y del sobrevuelo recreativo o de ocio, los planes de Gestión de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) establecen la siguiente directriz:

Debido al riesgo de colisiones y a las molestias que pueden causar a las aves objeto de conservación de estos espacios protegidos, se regulará la actividad de la aviación general y comercial, y la del sobrevuelo recreativo con o sin motor.

En línea con la misma se incluye como medida de gestión la regulación del sobrevuelo con el objetivo de que el vuelo de ultraligeros y deportivos sin motor sea permitido por encima de 300 metros sobre la vertical del terreno, ya que el sobrevuelo con drones sea sometido a autorización del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).

Por ello para sobrevolar los espacios protegidos de la Red Natura 2000 se debe tramitar ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la autorización o informe de usos y actividades que, de acuerdo con el régimen establecido en los planes de gestión, puedan afectar a espacios de la Red Natura 2000.

Autorización de usos y actividades que puedan afectar a zonas de la Red Natura 2000 (enlace a INAGA)

No obstante, si el sobrevuelo se produce en una zona coincidente con un espacio natural protegido, se aplicará la normativa vigente del mismo en materia de regulación de sobrevuelo de ocio y deportivo.

Más información y contacto

Servicio de Espacios Naturales y Red Natura 2000

espaciosnaturales@aragon.es

Última actualización: 10/11/2023

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