Subtipología INAGA 39B. Modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados

Trámite de modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados, en la Comunidad Autónoma de Aragón

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 39B. (Procedimiento 1285). Modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados

(INAGA)Tipología 39 - Aprobación y modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados

(Trámites). Procedimiento INAGA 39B - Modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados

Información específica del procedimiento administrativo

Tipología INAGA 39: Aprobación y modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados

Acceda al enlace si desea consultar la información a nivel de tipología INAGA.

Denominación

Modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados.

Descripción

La Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón (BOA número 26, de 04/03/1999) establece la exigencia de una planificación técnica para la gestión de los cotos de pesca. El artículo 41 de dicha ley está dedicado a la revisión de los planes técnicos de pesca y de los planes anuales de aprovechamientos.

La revisión de los planes técnicos podrá solicitarse por el titular de la gestión del coto, presentando un proyecto de modificación.

Los planes técnicos de pesca serán revisados de oficio por razones de estiaje, avenidas, contaminación de las aguas, destrucciones o modificación de los cauces, lechos, frezaderos, o cualquier contingencia que pueda influir de modo apreciable en el comportamiento, estado sanitario o número de las especies acuáticas.

La Administración podrá practicar de oficio la revisión de los planes técnicos de pesca de los cotos deportivos, sin necesidad de presentación de proyecto por el titular de la gestión, si bien deberá darle audiencia en el expediente de revisión, quien, en caso de modificación sustancial del plan, podrá separarse de la gestión del coto.

La Administración de la Comunidad Autónoma podrá proponer a los titulares de los cotos privados la revisión de su plan técnico. En caso de no aceptarla, si la Administración considera que existe grave perjuicio para las especies piscícolas o para el medio ambiente podrá prohibir la práctica de la pesca en el coto.

Requisitos de los solicitantes

  • Ser titular de la gestión del coto deportivo o del coto privado de pesca

  • Presentar, ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, una modificación del plan técnico de pesca, elaborado por técnico con titulación suficiente para tal fin.

Tasas

Sin tasa.

Observaciones

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo: 3 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: positivo.
  • Normativa reguladora: se recomienda consultarla a través de INASEI. Tipología INAGA 39.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a la tramitación de expedientes de Modificación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados, en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 39B tramitados en INAGA (xlsx 29kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del Tiempo de Tramitación de Expedientes de la subtipología 39B en INAGA (xlsx 23kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 39B en INAGA (xlsx 43kb)

Última actualización: 19/07/2024

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