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Tipología INAGA 82. Concesión, autorización, renovación o modificación de la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea

  • Registro europeo (EMAS)
  • Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
  • Protección del medio, fauna y flora
  • Industria
  • Evaluaciones, informes y autorizaciones ambientales

Trámites de concesión/autorización, renovación o modificación de la etiqueta ecológica de la Unión Europea en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Presentación de solicitudes

Subtipología INAGA 82A. (Procedimiento 1661). Concesión, autorización, renovación o modificación de la etiqueta ecológica de la Unión Europea

(INAGA). Tipología 82 - Concesión autorización, renovación o modificación de la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea

(Trámites). Procedimiento INAGA 82- Concesión autorización, renovación o modificación de la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea

Información específica del procedimiento administrativo

Denominación

Concesión/autorización, renovación o modificación de la etiqueta ecológica de la UE.

Descripción

La Etiqueta Ecológica Europea (Ecolabel) es el sistema de etiquetado voluntario, creado por la Unión Europea en 1992, para:

  1. Identificar aquellos bienes o servicios cuya producción y consumo genera un menor impacto ambiental en comparación con otros productos y servicios de la misma categoría.

  2. Informar al consumidor de las ventajas concretas que supone el consumo de dichos productos o servicios.

Cualquier tipo de productos (bienes y servicios) puede ser candidato a esta etiqueta a excepción de los productos fabricados mediante métodos que puedan perjudicar al ser humano o al medio ambiente.

Los productos distinguidos con la eco-etiqueta son objeto de rigurosos controles cuyos resultados son verificados por un organismo independiente.

Características de los productos (mercancías o servicios) 

  • Que los productos (mercancías o servicios) sean procedentes de la Comunidad Autónoma de Aragón o que si su origen está fuera de la Unión Europea, se hayan comercializado ya o vayan a comercializarse en la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Que la Comisión Europea haya establecido previamente los criterios ecológicos exigibles para la categoría de productos en la que se incluye el producto objeto de la solicitud.​​

Condiciones de utilización

La efectividad de la concesión se supedita a la firma de un contrato sobre las condiciones de utilización entre el solicitante y el INAGA, que se ajustará al modelo del Anexo IV del Reglamento (CE) número 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009 relativo a la etiqueta ecológica de la UE (DOUE número 27, de 30/01/2010).

Una vez firmado el contrato, su vigencia será hasta la fecha de expiración de los criterios ecológicos establecidos para el producto por la Comisión Europea. Habitualmente cada 3-4 años.

El producto al que se ha concedido la Etiqueta Ecológica Europea se podrá comercializar en todos los Estados Miembros de la Unión Europea y además en Noruega, Islandia y Liechtenstein.

Competencias

De acuerdo con el ordenamiento jurídico de nuestro país, son las Comunidades Autónomas las que deben nombrar organismo competente para la concesión de la Etiqueta Ecológica Europea.

En la Comunidad Autónoma de Aragón se ha designado para otorgar la etiqueta ecológica de la Unión Europea al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, al que le corresponde:

  • Resolver los procedimientos de concesión, modificación o renovación de uso de la etiqueta ecológica de la Unión Europea.

  • Suspender la utilización de la "etiqueta ecológica" o, en su caso, revocar la concesión de su uso.

  • Cualquier otra que el sistema comunitario europeo de etiquetado ecológico le otorgue.

La tramitación de la renovación es idéntica a la de la primera concesión y sus requisitos y complejidad muy similares.

Requisitos de los solicitantes

Pueden solicitar al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la concesión del uso de la etiqueta ecológica de la Unión Europea los fabricantes, importadores, prestadores de servicios, comerciantes y detallistas (los comerciantes y los detallistas solo podrán presentar solicitudes en relación con productos puestos en el mercado con su propio nombre comercial).

Tasas

Tasa 28 por servicios administrativos en materia de protección del medio ambiente

Tarifa 30. Por la concesión/autorización de la etiqueta ecológica de la UE, así como por la renovación o modificación, será exigible por cada producto una cuota según el siguiente detalle:

Cuota de 243,36 euros en el caso de microempresas según la definición de la Recomendación de la Comisión número 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003 (DOUE número 124, de 20/05/2003).

Cuota de 425,88 euros en el caso de pequeñas y medianas empresas según la definición de la Recomendación de la Comisión ya citada.

Cuota de 912,16 euros en el resto de los casos.

Estas cuotas se reducirán en un 20 por 100 para los solicitantes registrados en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) o con certificación conforme a la norma ISO 14001. Esta reducción estará sujeta a la condición de que el solicitante se comprometa expresamente, en su política medioambiental, a garantizar que sus productos con etiquetado ecológico cumplan plenamente con los criterios de la etiqueta ecológica de la UE durante el período de validez del contrato y que este compromiso se incorpore de forma adecuada en los objetivos medioambientales detallados. Los solicitantes conformes a la norma ISO 14001 deberán demostrar cada año el cumplimiento de este compromiso. Los solicitantes registrados en el EMAS deberán remitir una vez por año una copia de su declaración medioambiental verificada.

Al fijar la cuantía de estas cuotas se ha tenido en cuenta el objetivo de minimizar rigurosamente los costes, especialmente para facilitar la participación de las pequeñas y medianas empresas en el sistema comunitario de la etiqueta ecológica y así contribuir a una mayor difusión de ésta.

En Aragón no se cobra ningún canon anual.

Observaciones

  • Los solicitantes con certificación conforme a la norma ISO 14001 deberán demostrar cada año el cumplimiento de este compromiso.

  • Los solicitantes registrados en el EMAS deberán remitir una vez por año una copia de su declaración medioambiental verificada.

La interacción entre INAGA y los ciudadanos o empresas para este trámite se puede realizar de forma enteramente digital a través de las herramientas informáticas dispuestas para ello en la Oficina Virtual de INAGA.

  • Plazo de tramitación: 6 meses.
  • Régimen intervención administrativa: previo.
  • Efecto del silencio: negativo.

Normativa reguladora

Reglamento (CE) número 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE (DOUE número 27, de 30/01/2010).

Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CE) número 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea (BOE número 97, de 23/04/2013).

Decreto 133/2013, de 23 de julio, del Gobierno de Aragón, de simplificación y adaptación a la normativa vigente de procedimientos administrativos en materia de medio ambiente (BOA número 152, de 02/08/2013)

Acceso a la relación completa de normativa que afecta a estos trámites INASEI. Tramitación Electrónica de Solicitudes INAGA.

Ayuda para cumplimentar los formularios

Documentación requerida junto con la correspondiente solicitud:

  • Anexo I - Datos del operador y del producto

  • Descripción completa del producto y categoría en la que se incluye y de la actividad de la empresa en relación al mismo

  • Documentación acreditativa de que la actividad se desarrolla conforme a lo establecido en la normativa vigente y cuenta con los permisos y licencias

  • Justificación del cumplimiento de los requisitos ecológicos que se exigen para cada categoría de productos

  • Informes de laboratorio de ensayos y/o entidad colaboradora acreditados del cumplimiento de los criterios ecológicos que le son exigibles

  • Certificado de la acreditación del laboratorio de ensayos y/o de la entidad colaboradora

  • Otros (especificar)

Contacto

Si requiere realizar cualquier consulta en relación a los requisitos de concesión, autorización, renovación o modificación de la Etiqueta Ecológica Europea (EEE) en la Comunidad Autónoma de Aragón, puede utilizar los siguientes canales:

Acceso a datos y estadísticas del trámite

Estadísticas INAGA. Evolución del número de expedientes de la subtipología 82A tramitados en INAGA (xlsx 29kb)

Estadísticas INAGA. Evolución de la distribución del tiempo de tramitación de expedientes de la subtipología 82A en INAGA (xlsx 24kb)

Estadísticas INAGA. Índice de eficacia en la tramitación de expedientes de la subtipología 82A en INAGA (xlsx 38kb)

Última actualización: 18/01/2024

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