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Verificación de datos en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR)

N° 8865

Tramitación de un procedimiento administrativo para la verificación de datos contenidos en materia del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR).

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Dirigido a

  • Obligados tributarios del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.

Requisitos

  • Que concurra alguna de las siguientes circunstancias: (a) Cuando la declaración o autoliquidación del obligado tributario adolezca de defectos formales o incurra en errores aritméticos. (b) Cuando los datos declarados no coincidan con los contenidos en otras declaraciones presentadas por el mismo obligado o con los que obren en poder de la Administración tributaria. (c) Cuando se aprecie una aplicación indebida de la normativa que resulte patente de la propia declaración o autoliquidación presentada o de los justificantes aportados con la misma. (d) Cuando se requiera la aclaración o justificación de algún dato relativo a la declaración o autoliquidación presentada, siempre que no se refiera al desarrollo de actividades económicas.

Información adicional

La verificación de datos no impedirá la posterior comprobación del objeto de la misma.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

En plazo

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses desde el acuerdo de iniciación de oficio del procedimiento.

Saber más sobre el silencio administrativo

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