Trámites relacionados con centros de servicios sociales - Autorización modificación sustancial de infraestructura, prestación de servicios, modificación de capacidad y cambio de tipología, sectores de población o de usos.
N° 9604
Obtención de la autorización para la ejecución de obras, prestación de servicios sociales especializados, ampliación de capacidad y otros cambios para su anotación en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
Dirigido a
- Entidades de servicios sociales titular del centro
- Entidades de servicios sociales gestora del centro
Requisitos
- Entidad de servicios sociales (persona física o jurídica) que tenga por objeto la prestación de servicios sociales con voluntad de permanencia.
- Centros sociales inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Documentación común a todas las autorizaciones previstas en este tramitador
Representación
En su caso, documento acreditativo de la representación
Memoria
Memoria descriptiva suscrita por la persona que ejerza la representación de la entidad, con el siguiente contenido mínimo:
En el caso de solicitarse autorización para la modificación sustancial de la infraestructura ha de indicarse: motivo de la modificación, objetivos, actividades y descripción detallada de las modificaciones previstas en los espacios del centro.
En el caso de solicitarse autorización para la prestación de servicios sociales especializados ha de indicarse el motivo de creación del servicio, objetivos y actividades.
En el caso de solicitarse autorización de modificación de capacidad ha de indicarse: motivo de la modificación, los objetivos y descripción detallada de las modificaciones previstas en los espacios del centro para la capacidad solicitada, tanto de la unidad residencial (centros con internamiento) como de los espacios comunes.
En el caso de solicitarse autorización de cambio de tipología del centro, de sectores de población destinataria o de usos, ha de indicarse el motivo de la modificación, objetivos, descripción detallada de los cambios derivados de la modificación, ocupación actual en el centro y, en su caso, plan operativo de transición, así como programa de servicios, actividades y medidas asistenciales que se implantarían para atender las necesidades específicas de las personas usuarias.
Plantilla de personal
Descargar modelo Plantilla de personalEquipamiento
Equipamiento, de acuerdo a las características de las personas usuarias y de las características del centro.
Descargar modelo EquipamientoPólizas de seguro
Certificado emitido por la entidad aseguradora que acredite que las pólizas de siniestro y de responsabilidad civil se encuentran en vigor y, en consecuencia, cubren las responsabilidades que puedan derivarse de la actividad desarrollada.
Declaración responsable
Declaración responsable suscrita por la persona que ejerce la representación de la entidad en los siguientes términos:
Que son ciertos los datos y documentación que acompañan a la autorización.
Que se compromete a contar con los medios personales y materiales suficientes y adecuados para la realización de las actuaciones básicas del servicio y para la atención de las personas usuarias, adaptados, en su caso, a las necesidades de la persona en situación de dependencia.
Que la entidad de servicios sociales tiene solvencia económica suficiente para garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
Documentación acreditativa del pago de tasa
Tasa 21, modelo 421, tarifa 0.1 y 0.2.
Documentación común a la autorización para la prestación de servicios sociales especializados y a la autorización para el cambio de tipología, de sectores de población destinataria o de usos.
Propuesta de reglamento de régimen interior
Propuesta de contrato de prestación del servicio
Propuesta de tarifa de precios
Propuesta de tarifa de precios a aplicar en la anualidad en la que se solicita la autorización.
Descargar modelo Propuesta de tarifa de precios
Documentación específica Autorización para la modificación sustancial de infraestructura
Proyecto básico
Proyecto Básico completo de reforma del centro que incluya anexo de accesibilidad, descripción de instalaciones y proyecto de prevención de incendios, acreditando el cumplimiento de las condiciones mínimas del Decreto 111/1992, de 26 de mayo, y las exigencias básicas previstas en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, y sus posteriores modificaciones.
Planos
Planos a escala del estado actual (estado previo a las modificaciones), con la situación y distribución interior, cotas y amueblamiento, incluyendo planos generales del centro.
Plan de ejecución
Plan de ejecución en el que se reflejen las medidas preventivas que van a ser adoptadas durante la realización de las obras para reducir las afecciones y garantizar a seguridad de las personas residentes y trabajadores.
Plan de obras
Plan de obras que incluya un cronograma de ejecución.
Documentación específica Autorización para la prestación de servicios sociales especializados en centros sociales ya inscritos en el Registro que puedan precisar espacios específicos, así como usos compartidos
Planos
Planos a escala con la situación y distribución interior, indicando los espacios destinados a las personas usuarias del servicio y los servicios higiénicos disponibles, señalando las superficies y cotas principales.
Documentación específica Autorización para la modificación de la capacidad del centro y autorización para el cambio de tipología del centro social, de sectores de población destinataria o de usos.
Planos
Planos a escala del estado actual y final con la situación y distribución interior, cotas y amueblamiento, incluyendo planos generales del centro.
Proyecto de prevención de incendios
Proyecto de prevención de incendios derivado del aumento de la capacidad y/o del cambio de nivel de riesgo para las personas usuarias, acompañado de certificado del técnico competente y visado por el colegio oficial.
Plan de evacuación
Plan de evacuación del centro o, en su caso, plan de emergencia derivado del aumento de capacidad y/o del cambio del nivel de riesgo de las personas usuarias.
Información adicional
1. A partir del 27 de agosto de 2022, el plazo es de 3 meses.
2. Se diferencia entre si la modificación va a conllevar la reforma sustancial de la infraestructura o no. Si la respuesta es afirmativa se cumplimentarán los datos solicitados para la obtención de la autorización de modificación sustancial de infraestructura. Esta autorización esta vinculada a la posterior presentación de declaración de finalización de obras que puede tramitarse en el siguiente enlace:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/tramites-relacionados-con-el-funcionamiento-de-centros-de-servicios-sociales-especializados/cambio-de-titularidad-y-o-gestion-de-centros-y-o-finalizacion-de-obras-autorizadas
Si la modificación no conlleva la ejecución de obras, por este tramitador se podrá solicitar autorización para la prestación de servicios sociales especializados, para la ampliación de capacidad y para el cambio de tipología.
La comunicación de disminución de capacidad se tramita a través del siguiente enlace:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/tramites-relacionados-con-el-funcionamiento-de-centros-de-servicios-sociales-especializados/modificacion-de-datos-de-informacion-de-centros-y-entidades-vinculadas-a-centros-de-servicios-sociales
3. Obligatoriedad de visado colegial en TODOS los documentos (Proyectos y certificados) emitidos por Técnico competente, que se encuentren en el ámbito de aplicación de las exigencias básicas de seguridad, entre otros, en caso de incendio o de utilización y accesibilidad, conforme al Real Decreto 1000/2010, de 5 da agosto.
4. Las condiciones específicas del “uso hospitalario” previstas en el Código Técnico de Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006 de 17 de marzo, se exigirán para la reforma y ampliación de los centros existentes.
Uso hospitalario: CTE: Documentos básicos
• DB-SI-Seguridad en caso de Incendio:
- III Criterios generales de aplicación: punto 3 “A los edificios, establecimientos o zonas de los mismos cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones específicas del uso Hospitalario”.
Uso aplicable a un centro de día para personas mayores:
Un centro de día para personas mayores debe asimilarse, en general, al uso residencial público, excepto cuando el grado de dependencia de los ocupantes en caso de incendio sea tan alto y generalizado que haga aconsejable asimilarlo a uso hospitalario.
• DB-SUA Seguridad Utilización y Accesibilidad
5. Se advierte que la entidad de servicios sociales ha de contar con la preceptiva autorización administrativa so pena de que pueda incurrirse en la comisión de una infracción administrativa de las previstas en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
6. En el caso de que, la entidad: a) quiera comunicar la modificación de datos relativos a nombre o razón social, persona que ejerce la representación, domicilio social, domicilio en Aragón, ámbito territorial de actuación, población destinataria, actividades, servicios y declaración de interés social o b) quiera modificar datos de información básica registral del centro tales como nombre comercial, cambio de denominación de domicilio, responsables del centro, disminución de capacidad y servicios básicos, sanitarios y complementarios, podrá tramitarse a través del siguiente enlace:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/tramites-relacionados-con-el-funcionamiento-de-centros-de-servicios-sociales-especializados/modificacion-de-datos-de-informacion-de-centros-y-entidades-vinculadas-a-centros-de-servicios-sociale
Documentos y enlaces de interés
- Servicio de Ordenación de Servicios Sociales
- Listado verificación USO HOSPITALARIO
- Listado verificación USO RESIDENCIAL PÚBLICO
- Guía seguridad industrial
- Ficha de características estructurales centros de naturaleza no residencial
- Ficha de características estructurales centros de naturaleza residencial
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Horario de atención: de lunes a viernes de 9 a 14 horas 976 716 894
- Correo electrónico. registrocsociales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas. 976 715 581
- Correo electrónico. inspeccioncsociales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención: 9 a 14 horas. 976 713 830
- Correo electrónico. icssmateriales@aragon.es
- Teléfono. Horario de atención de 9 a 14 horas 976 715 597
- Teléfono. Horario de atención de 9 a 14 horas 976 716 894
- Teléfono. Horario de atención de 9 a 14 horas 976 713 994
- Correo electrónico. registrocsociales@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Normativa
Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
Decreto 111/1992, de 26 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las condiciones mínimas que han de reunir los servicios y establecimientos sociales especializados.
Decreto 82/1989, de 20 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea y organiza el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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