Convocatoria 2024
Fuera de plazo - Del 02/08/2024 al 31/10/2024
El plazo de presentación terminó el 31 octubre 2024
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 02/08/2024 al 31/10/2024
El plazo de presentación terminó el 31 octubre 2024
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social
Requisitos
- Estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón
- Tener el centro de trabajo en el que se desarrolla la actividad subvencionada en la Comunidad Autónoma de Aragón
- No encontrarse incurso en ninguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones
- Constitución de la cooperativa posterior al 1 de enero de 2019
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 02/08/2024 a las 00:00 h
Fin: 31/10/2024 a las 23:59 h
En el caso de que las disponibilidades presupuestarias se agoten antes de la fecha final indicada, se declarará esta circunstancia mediante Resolución del titular de la Dirección General encargada de su tramitación, que se publicará en la página web del Departamento concedente.
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Tres meses desde que la solicitud esté correctamente presentada y completa
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Documento acreditativo de la transmisión de empresa
En caso de que la solicitud se acoja al incremento de la intensidad de ayuda porque la cooperativa se constituye como consecuencia de un proceso de sucesión de empresa, se aportará copia del contrato o documento acreditativo de la transmisión de empresa a la nueva cooperativa.
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2. Relación de gastos para los que se solicita ayuda
En este documento se incluirá una relación detallada, firmada por responsable de la entidad solicitante, de los gastos por los que se solicitan las ayudas, con identificación del acreedor, número de documento, fecha de emisión, importe (con y sin IVA), y fecha de pago.
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3. Acreditación de pertenencia de personas asociadas a colectivos prioritarios
A efectos de acceder a un incremento de la intensidad de la ayuda en los términos previstos en la convocatoria como consecuencia de que la mayoría de las personas socias de la cooperativa pertenezcan a alguno de los colectivos prioritarios, se deberá aportar. debidamente cumplimentado el siguiente documento.
-
4. Autorización individualizada de acceso a datos
Cuando la entidad solicitante solicite incremento de la intensidad de la ayuda porque la mayoría de los miembros de la cooperativa pertenecen a colectivos prioritarios, cada persona asociada deberá firmar este documento a efectos de autorizar al órgano gestor el acceso a los datos para verificar la información. . Puedes utilizar el programa autofirma disponible en el Portal de administración electrónica del Gobierno de España. En caso de firmar manualmente, deberás aportar una copia de esta ficha escaneada a la solicitud, y la entidad solicitante deberá custodiar el documento original, que podrá requerir el Servicio de Planificación para el Desarrollo Económico en cualquier momento para su presentación.
En caso de que no se autorice el acceso a esos datos se deberá aportar la documentación que en el modelo se menciona.
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5. Facturas
Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, así como la documentación acreditativa del pago.
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6. Presupuestos
Tres presupuestos cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías en la normativa reguladora de la contratación pública para el contrato menor.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de subvenciones MINIMIS
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de Datos de Identidad
Sólo se consultará en el caso de tener que acreditar la condición de colectivo prioritario.
Situación Laboral en Fecha Concreta
Sólo se consultará en el caso de tener que acreditar la condición de colectivo prioritario.
Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta
Sólo se consultará en el caso de tener que acreditar la condición de colectivo prioritario.
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PYMES Y AUTÓNOMOS
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Tres meses desde que la solicitud esté correctamente presentada y completa
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. De lunes a viernes de 10:00 a 12:00 976 716 254
Correo electrónico. pymesyautonomos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Reglamento 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «minimis»
-
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón.
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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