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Subvenciones para programas formativos dirigidos a personas trabajadoras prioritariamente ocupadas, vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad

N°9358

A través de este trámite, se puede presentar solicitudes para optar a subvenciones para el desarrollo de un Plan destinado a la actualización de las competencias laborales y mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras prioritariamente ocupadas de Aragón, a través de acciones de Formación Profesional para el Empleo dirigidas a la obtención de Certificados de profesionalidad o módulos parciales acumulables.

Plazo de presentación

Del 24/11/2022 al 30/11/2022

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Las entidades de formación cuyos centros de formación se hallen acreditados y/o inscritos, a fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo, o en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando, en el momento de iniciar la formación, dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.

Requisitos

  • De los centros y entidades beneficiarias:
    • Estar acreditados y/o inscritos, a fecha de publicación de la convocatoria, en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo, o en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando, en el momento de iniciar la formación, dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.
    • Las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad.
    • Ejecutar las acciones formativas por si mismas, no pudiendo subcontratar su ejecución. La contratación de personal docente para la impartición de la formación subvencionada, y la contratación de personal autónomo a nivel individual por parte del beneficiario, no se considerará subcontratación.
    • Las entidades de formación podrán presentar solicitudes correspondientes a un programa sectorial y a otro transversal.
  • De los programas de formación:
    • Irán dirigidos prioritariamente a personas ocupadas.
    • Estarán compuestos exclusivamente por acciones formativas vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad, incluidas en el Catálogo Nacional de las Cualificaciones profesionales.
    • Podrán subvencionarse los siguientes programas de formación dirigidos a personas trabajadoras prioritariamente ocupadas:
      • a) Programas de formación transversales, compuestos por acciones formativas dirigidas al aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica y que deben ser objeto de atención prioritaria para dar respuesta a las tendencias identificadas y favorecer la empleabilidad y movilidad intersectorial de las personas trabajadoras.
      • b) Programas de formación sectoriales, compuestos por acciones formativas de interés general para un determinado sector y para satisfacer necesidades específicas de formación del mismo. Las acciones específicas de estos programas también podrán dirigirse al reciclaje y recualificación de las personas trabajadoras procedentes de sectores en situación de crisis.
  • De las acciones formativas:
    • Deberán desarrollarse obligatoriamente en la modalidad que se indica en el Anexo I de la convocatoria (presencial o teleformación).
    • Las entidades podrán solicitar las acciones formativas que ya tengan acreditadas en el Registro de centros y entidades de formación del Instituto Aragonés de Empleo en el momento de publicación de la convocatoria.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Modelo de solicitud y listado de acciones formativas sectorial o transversal

    Las solicitudes y listados de acciones formativas deberán cumplimentarse a través de la aplicación GESTIFOR (PAS Ocupados CP 2022), descargarse y presentarse electrónicamente, preferentemente través del Registro Electrónico de Aragón.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de que la entidad de formación se halle acreditada en el Registro estatal de entidades de formación:

  • Declaración responsable y/o acuerdo de disponibilidad de instalaciones en Aragón

Cuando la entidad solicitante sea una entidad local:

  • Certificado o declaración responsable de tres extremos:

    - Que está al corriente en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.

    - Que ha adoptado medidas de racionalización del gasto.

    - Que ha presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 24/11/2022 al 30/11/2022

Fuera de plazo

El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Tres meses desde la fecha de publicación de esta convocatoria

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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¿Cómo realizar este trámite?

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