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Acceder a MiAConvocatoria 2023
Trámite Nº9239
Fuera de plazo - Del 01/02/2023 al 24/02/2023
El plazo de presentación terminó el 24 febrero 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº9239
Fuera de plazo - Del 01/02/2023 al 24/02/2023
El plazo de presentación terminó el 24 febrero 2023
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, los centros y organismos de investigación públicos o privados, así como las universidades públicas y privadas de Aragón podrán presentar una solicitud para optar a las subvenciones destinadas a financiar las estancias del personal investigador predoctoral en formación (PIF) que esté contratado al amparo de las convocatorias del Gobierno de Aragón.
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Resolución de 2 de marzo de 2023, del Director General de Investigación e Innovación, por la que se designa a los miembros de la Comisión Técnica de Valoración recogida en la Orden CUS/1668/2022, de 14 de noviembre, por la que se convocan subvenciones de fomento de la movilidad de personal investigador predoctoral en formación para el año 2023
Dirigido a
- Los organismos o centros de investigación públicos o privados que hayan resultado beneficiarios de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación y tengan contratado al personal investigador predoctoral en formación objeto de la movilidad, correspondiente a las convocatorias del período 2018-2022, 2019-2023 y 2020-2024
- Las universidades públicas o privadas que hayan resultado beneficiarias de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación y tengan contratado al personal investigador predoctoral en formación objeto de la movilidad, correspondiente a las convocatorias del período 2018-2022, 2019-2023 y 2020-2024
Requisitos
- Requisitos de los centros beneficiarios
- Que tengan predoctorales contratados correspondientes a las convocatorias del Gobierno de Aragón.
- Que el contrato predoctoral esté vigente durante la realización de la estancia.
- Requisitos del personal investigador predoctoral en formación
- Que su contrato predoctoral esté financiado con las correspondientes convocatorias del Gobierno de Aragón.
- Que no haya depositado ni defendido la tesis doctoral.
- Que no haya obtenido financiación para una estancia en la resolución de concesión de convocatorias anteriores (para esta convocatoria de 2023 tener en cuenta las subvenciones concedidas por Resolución de 1 de septiembre de 2022, del Director General de Investigación e Innovación, que resolvió las ayudas para la movilidad predoctoral del año 2022).
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 01/02/2023 a las 00:00 h
Fin: 24/02/2023 a las 23:59 h
Plazo de presentación de solicitudes exclusivamente para los centros y organismos de investigación.
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Currículum vitae actualizado del personal predoctoral objeto de movilidad
El predoctoral deberá aportar su currículum vitae actualizado en relación con el desarrollo de su tesis doctoral.
-
2. Memoria del Proyecto de estancia de investigación
Memoria justificativa de la estancia. Anexo II de la orden de convocatoria.
-
3. Historial investigador del grupo de investigación
Historial investigador del grupo de investigación donde se realice la estancia. Anexo III de la orden de convocatoria.
-
4. Autorización centro adscripción del personal predoctoral objeto de movilidad
Autorización del centro de adscripción de origen del personal investigador predoctoral en formación para la realización de la estancia. Anexo IV de la orden de convocatoria.
-
5. Aceptación del centro u organismo de investigación donde realizará la estancia
Documento que incorpore la aceptación del centro u organismo de investigación de destino en el que se realizará la estancia de investigación.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Acreditación de la representación
Solo es necesaria su presentación en el caso de que la solicitud no se presente mediante certificado de representante de persona jurídica.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Instrucciones para presentar la solicitud:
Presentación de la solicitud por el centro u organismo de investigación a través del Tramitador online, en el plazo previsto en la orden de convocatoria. Sólo podrá presentarse una única solicitud de un centro u organismo de investigación por predoctoral.
IMPORTANTE: si eres personal investigador predoctoral en formación no puedes solicitar esta subvención, tienes que dirigirte a tu centro u organismo de investigación.
Declaraciones responsables:
Las declaraciones responsables del centro u organismo de investigación recogidas en la orden de convocatoria están integradas, como parte de la solicitud, en el tramitador online.
Aceptación de las subvenciones concedidas:
Se facilita Anexo II de aceptación en formato pdf autorrellenable.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. 976 714 399
Correo electrónico. investigacion@aragon.es
Teléfono. Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. 976 716 531
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Orden EMC/961/2025, de 29 de julio, por la que se modifica la Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento
-
Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, de la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento
-
Orden CUS/435/2021, de 5 de mayo, por la que se modifica la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
-
Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Ayuda a la tramitación electrónica
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