Convocatoria 2022
Fuera de plazo - Del 20/05/2022 al 09/06/2022
El plazo de presentación terminó el 09 junio 2022
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 20/05/2022 al 09/06/2022
El plazo de presentación terminó el 09 junio 2022
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, los ayuntamientos en Aragón que cuenten con Cuerpo de Policía Local, o estén en vías de crearlo, pueden presentar una solicitud para optar a subvenciones para la mejora y equipamiento de las policías locales en Aragón.
Serán subvencionables diferentes acciones que se determinarán anualmente mediante convocatoria publicada en Boletín Oficial de Aragón (BOA).
Dirigido a
- Los Ayuntamientos de Aragón que cuenten con cuerpo de Policía Local, o estén en vías de crearlo conforme al proceso de integración previsto en la Ley 8/2013 de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón.
Requisitos
- Ayuntamientos con cuerpo de Policía Local o en vías de creación
- Grabar datos de la plantilla actualizada de Policía Local de la localidad en el aplicativo REPLA
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 20/05/2022 a las 00:00 h
Fin: 09/06/2022 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Datos plantilla Policía local
Relación detallada de la plantilla actualizada de Policía Local de la localidad
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2. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
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3. Inventario actualizado
De los recursos materiales con que cuenta la Policía Local, con objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en el punto 10-Catálogo de medios y recursos- del Decreto 220/2014, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón.
-
4. Sistema de comunicaciones
Descripción del actual sistema de comunicaciones de la Policía Local, indicando sus características técnicas.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Dirección General de Tributos del Gobierno de Aragón.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Las Entidades Locales deberán participar con, al menos, el 25% de la financiación de las actuaciones objeto de la subvención, por lo que la cuantía de la subvención no podrá superar en ningún caso el 75% del coste total de las actuaciones subvencionadas.
Límite importe a percibir: el importe de la ayuda concedida a cada Ayuntamiento no podrá exceder en ningún caso del 15 % del total previsto para la aplicación presupuestaria.
Obligaciones de Publicidad: de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación ciudadana de Aragón, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previo requerimiento, y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquélla de las obligaciones previstas en la Ley en materia de transparencia, con las consecuencias recogidas en su artículo 9.4.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 716 747
Correo electrónico. policialocalaragon@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
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Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón
-
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Decreto 222/1991, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento marco de organización de las Policías Locales de Aragón
-
Decreto 92/2022, de 15 de junio, por el que se regula la dotación de medios técnicos y de defensa y la uniformidad de los Cuerpos de Policía
Local de Aragón
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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