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Subvenciones para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables

N°9011

A través de este trámite, se pueden solicitar subvenciones para la contratación de nuevos servicios de telecomunicaciones mediante la concesión de unos bonos digitales, cubriendo un paquete de concesión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente en condiciones de hora punta.

Plazo de presentación

Del 18/11/2022 al 31/12/2023

Fuera de plazo

Consultar trámite

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  • Orden CDS/838/2023, de 23 de junio, por la que se da publicidad a la concesión de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en desarrollo del Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre.

Dirigido a

  • Los operadores-colaboradores adheridos al programa de Bono Digital para Colectivos Vulnerables.

Requisitos

  • Requisitos de los beneficiarios finales (personas físicas)
    • Ser titular del ingreso Mínimo Vital o de la Prestación Aragonesa Complementaria.
    • Ser titular del ingreso Mínimo Vital o de la Prestación Aragonesa Complementaria y tener reconocida la condición de Familia Monoparental de la Comunidad Autónoma de Aragón para acceder a la reserva de los 200 bonos reservados a este colectivo durante los tres primeros meses del periodo de solicitudes.
    • El domicilio en el que se va a prestar el servicio tiene que estar incluido en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Requisitos de los beneficiarios directos (operador-colaborador)
    • Estar adherido como operador-colaborador al programa del bono digital para colectivos vulnerables.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

Información adicional

- Se concederán 2.516 bonos digitales. Cada bono digital tendrá un importe de 240 euros a repartir en 12 mensualidades de tal manera que se aplicará una minoración mensual de 20 euros en el importe final de la factura (IVA incluido). Los bonos digitales incluirán servicios desde el momento de la concesión hasta el 31 de diciembre de 2023, como máximo, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. En el momento en que estas finalicen, finalizará el plazo de presentación de solicitudes.

- El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva simplificada, de modo que la prelación de solicitudes se fija únicamente en función de su fecha de presentación por lo que el operador-colaborar deberá respetará el orden de llegada de las solicitudes.

- Sólo podrá financiarse un bono digital por persona física y unidad familiar.

- El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” de la resolución del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales de la relación de operadores–colaboradores adheridos del programa del bono digital para colectivos vulnerables, permaneciendo dicho plazo abierto hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

- Las operadoras-colaboradoras, a través de las que solicitar el bono digital son:

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 18/11/2022 al 31/12/2023

Fuera de plazo

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Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Cuarenta y cinco días, contados desde el día siguiente a la recepción de las solicitudes.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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