Convocatoria 2025
Fuera de plazo - Del 05/11/2025 al 18/11/2025
El plazo de presentación terminó el 18 noviembre 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 05/11/2025 al 18/11/2025
El plazo de presentación terminó el 18 noviembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones dirigidas a la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios de áreas industriales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
"Se recuerda que en el caso de las entidades locales, la presentación la suscribirá la persona titular de la alcaldía o, en su caso, del órgano de gobierno que pudiera corresponder."
Dirigido a
- Entidades públicas o privadas que sean titulares o gestores legalmente reconocidos de áreas industriales en la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto presentado. La solvencia deberá acreditarse mediante un capítulo, en la memoria descriptiva de la actuación a la que se refiere el artículo 10, apartado 3.a, que especifique el plan financiero y el detalle de los medios técnicos con los que cuenta la actuación. En el caso de que el órgano instructor de las ayudas detectase indicios fundamentados que pusieran en duda esa solvencia, éste podrá requerir al solicitante para que aporte los datos y documentación necesarios para aclarar dicho extremo.
- En caso de ser preciso para la actuación a subvencionar, el beneficiario deberá disponer, en el momento de la solicitud, del proyecto técnico-constructivo, así como de las autorizaciones, permisos, licencias, calificación urbanística y, en general, de todas las condiciones necesarias para el inicio y desarrollo de los trabajos o tareas que conlleva la actuación para la que se solicita la ayuda.
- De manera particular, para obtener la condición de entidades beneficiarias, los municipios deberán estar al día de la rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón y haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado los correspondientes planes económico financieros en caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores. Este extremo se acreditará mediante certificado del Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento.
- El beneficiario deberá estar legalmente constituido y legitimado para realizar el proyecto o actuación objeto de la subvención, de conformidad con la normativa urbanística y sectorial aplicable.
- El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto presentado.
- En caso de ser preciso para la actuación a subvencionar el beneficiario deberá disponer, en el momento de la solicitud, del proyecto técnico-constructivo, así como de las autorizaciones, permisos, licencias, calificación urbanística y, en general, de todas las condiciones necesarias para el inicio y desarrollo de los trabajos o tareas que conlleva la actuación para la que se solicita la ayuda.
- Las entidades locales deberán estar al día de la rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón y haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado los correspondientes planes económico financieros en caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 05/11/2025 a las 00:00 h
Fin: 18/11/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Plazo máximo de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Modelo Certificado Secretario Orden MMAI
Modelo Certificado Secretario Orden MMAI
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2. Memoria descriptiva valorada
Memoria descriptiva valorada, con el contenido establecido en el dispositivo decimoprimero y en el dispositivo segundo 2. de la convocatoria.
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3. Proyecto técnico o de obra firmado por personal técnico competente
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4. Documentación acreditativa de existencia de proyecto de inversión
Solo en el caso de creación de nuevas áreas industriales o ampliación de otras existentes, documentación que acredite de manera fehaciente la existencia de un proyecto de inversión empresarial concreto en condiciones de desarrollo o actividad.
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5. Escritura notarial o documento público de poder de representación
En su caso, escritura notarial, o documento público, sobre el poder de representación de la entidad solicitante de la ayuda, a favor de la persona que firma la solicitud, que acredite de manera fidedigna la representación legal frente a terceros, vigente en la fecha de formalización de la solicitud.
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6. Documento de poder mancomunado
En su caso, documento en el que se acredite que las personas apoderadas consienten la presentación de la solicitud.
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7. Informe de cumplimiento en materia de transparencia
Informe de cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia contempladas en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación Ciudadana de Aragón
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8. Memoria técnica sintética de la actuación
Memoria técnica sintética de la actuación, justificativa de su realización, de acuerdo a la solicitud objeto de la concesión de la ayuda y/o, en su caso, indicando las incidencias o modificaciones habidas respecto a la propuesta
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9. Informe de la dirección de obra
En el caso de obras ejecutadas por Administración para la que se presente justificación correspondiente a gastos de personal, informe de la dirección de obra en el que se garantice el destino exclusivo a la ejecución de la obra subvencionada.
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10. Memoria económica justificativa de las actividades realizadas, que contendrá
* Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de los documentos justificativos del gasto (facturas y documento bancario de pago), su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago (fecha de valor bancario). Se deberá adjuntar esta relación en formato “.xls”, a efectos de facilitar un tratamiento más eficiente de la información. * Justificantes de los gastos anteriores (copias de las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado). Acompañando a esos documentos, copia de los justificantes de pago correspondientes, incorporados en la relación a que se hace referencia anteriormente, debidamente indexados y ordenados.
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11. Acta de recepción o documentación fin de obras
En el caso de obras, acta de recepción o documentación equivalente que acredite su finalización.
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12. Acreditación mantenimiento empleo y puestos de trabajo
Acreditación del mantenimiento del empleo y los puestos de trabajo. Para ello se debe aportar los documentos emitidos por la Tesorería de la Seguridad Social denominados: * "Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta" del mes de diciembre de 2023 o "Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta" del ejercicio 2023, que servirá de base de comparación. * "Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta" del mes de finalización del proyecto dentro del período subvencionable o el "Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta" del periodo que va del 1 de enero de 2024 hasta el último día del mes de finalización del proyecto dentro del periodo subvencionable.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Validación de NIF de un contribuyente
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Plazo máximo de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 715 799
Correo electrónico. fomentoindustrial@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden PEJ/1052/2024, de 11 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de mejora y modernización de áreas industriales
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Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones
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Ayuda a la tramitación electrónica
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