Subvenciones para actuaciones de mejora y modernización de áreas industriales - Convocatoria 2025
N° 10999
esta convocatoria esta en desarrollo
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones dirigidas a la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios de áreas industriales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
"Se recuerda que en el caso de las entidades locales, la presentación la suscribirá la persona titular de la alcaldía o, en su caso, del órgano de gobierno que pudiera corresponder."
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Dirigido a
- Entidades públicas o privadas que sean titulares de áreas industriales en la Comunidad Autónoma de Aragón
Requisitos
- El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto presentado. La solvencia deberá acreditarse mediante un capítulo, en la memoria descriptiva de la actuación a la que se refiere el artículo 10, apartado 3.a, que especifique el plan financiero y el detalle de los medios técnicos con los que cuenta la actuación. En el caso de que el órgano instructor de las ayudas detectase indicios fundamentados que pusieran en duda esa solvencia, éste podrá requerir al solicitante para que aporte los datos y documentación necesarios para aclarar dicho extremo.
- En caso de ser preciso para la actuación a subvencionar, el beneficiario deberá disponer, en el momento de la solicitud, del proyecto técnico-constructivo, así como de las autorizaciones, permisos, licencias, calificación urbanística y, en general, de todas las condiciones necesarias para el inicio y desarrollo de los trabajos o tareas que conlleva la actuación para la que se solicita la ayuda.
- De manera particular, para obtener la condición de entidades beneficiarias, los municipios deberán estar al día de la rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón y haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado los correspondientes planes económico financieros en caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores. Este extremo se acreditará mediante certificado del Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento.
- El beneficiario deberá estar legalmente constituido y legitimado para realizar el proyecto o actuación objeto de la subvención, de conformidad con la normativa urbanística y sectorial aplicable.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Modelo Certificado Secretario Orden MMAI
Modelo Certificado Secretario Orden MMAI
Descargar modelo Modelo Certificado Secretario Orden MMAI
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 715 799
- Correo electrónico. fomentoindustrial@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN
Normativa
Orden PEJ/1052/2024, de 11 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones de mejora y modernización de áreas industriales
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Plazo máximo de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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