Subvenciones para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania
N°276
A través de este trámite, personas y entidades interesadas podrán presentar su candidatura para optar a las subvenciones del Gobierno de Aragón para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania.
Dirigido a
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Las líneas de subvención están dirigidas a:
- Entidades locales.
- Empresas privadas, entes públicos, entidades o instituciones sin ánimo de lucro y particulares.
Requisitos
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En el caso de convocatoria destinada a entes públicos, empresas, entidades sin ánimo de lucro o particulares:
- Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan vecindad administrativa o domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Asimismo, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos de cooperación transfronteriza.
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En el caso de convocatoria destinada a entidades locales:
- Entidades locales aragonesas especificadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999 de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
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En ambos casos:
- El beneficiario deberá presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Occitania, siendo necesario que el socio francés presente, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Anexo II. Memoria
Memoria explicativa del proyecto
Descargar modelo Anexo II. MemoriaAnexo III. Plan de financiación
Plan de financiación con presupuesto detallado
Descargar modelo Anexo III. Plan de financiaciónAnexo IV. Resumen de actividades con cronograma
Resumen actividades con cronograma
Descargar modelo Anexo IV. Resumen de actividades con cronogramaAnexo V. Declaraciones responsables
- De no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario.
- Sobre percepción de otras ayudas o ingresos.
- Sobre recuperación o compensación de impuestos indirectos.
- Sobre la legislación vigente por razón de género.
Descargar modelo Anexo V. Declaraciones responsablesAnexo VI. Carta de compromiso
Fotocopia del compromiso de ejecución del proyecto firmado por todos los socios
Descargar modelo Anexo VI. Carta de compromisoAnexo VII. Ficha de terceros
En caso necesario.
Descargar modelo Anexo VII. Ficha de terceros
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Si el solicitante es una empresa privada además debe aportar:
Fotocopia de los estatutos de la sociedad
Declaraciones responsables
- Sobre cumplimiento de la legislación medioambiental y de no haber sido sancionado por la autoridad laboral.
- Sobre ayudas de minimis.
Si el solicitante es una entidad o institución privada sin ánimo de lucro además debe aportar:
Documento acreditativo de inscripción en registro administrativo
Fotocopia de los estatutos de la entidad
Si el solicitante es una entidad local además debe aportar:
Cámara de Cuentas de Aragón
Acreditación de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
Plan de Racionalización del Gasto
Certificación en la que se haga constar la aprobación del Plan de Racionalización del Gasto.
Plan económico financiero
En el caso de que la entidad local presente desequilibrios o acumule deudas con sus proveedores.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesFotocopia del CIF de la entidad
Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioInformación adicional
La subvención no podrá superar el 50% de la inversión correspondiente a la parte aragonesa en el total del proyecto.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
-
Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario - Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y
registro. Localiza
tu oficina más cercana
Pedir cita previa - Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 713 867
- Correo electrónico. accionexterior@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y CULTURA
Normativa
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania
Orden PRE/1622/2018, de 8 de octubre, por la que se modifca la Orden PRE/2106/2017, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fnanciar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania
Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón
Orden PRE/415/2018, de 2 de marzo, por la que se modifica puntualmente la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón para su aplicación a la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania
Orden PRE/1623/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica puntualmente la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón para su aplicación a la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 26/02/2020 al 07/06/2020
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Plazo máximo de 6 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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