Convocatoria 2022

Trámite 9149

Fuera de plazo - Del 29/09/2022 al 20/10/2022

El plazo de presentación terminó el 20 octubre 2022

Consultar trámite

Trámite9149

Fuera de plazo - Del 29/09/2022 al 20/10/2022

El plazo de presentación terminó el 20 octubre 2022

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Detalles del trámite

A través de este trámite, se puede presentar una candidatura para optar a subvenciones para servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento con agrupaciones de bomberos voluntarios.

Estas ayudas las pueden solicitar los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de entidades locales. Éstas tienen que contar en su organización con bomberos voluntarios o tener un convenio de colaboración con una agrupación de bomberos voluntarios.


Dirigido a

  • Los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de entidades locales que cuenten en su organización con bomberos voluntarios o tengan un convenio de colaboración con una agrupación de bomberos voluntarios.

Requisitos

  • Bomberos voluntarios en plantilla

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 29/09/2022 a las 00:00 h

Fin: 20/10/2022 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Relación de los servicios realizados

    Durante el año anterior al de la convocatoria y que hayan intervenido bomberos voluntarios.

  • 2. Seguro de responsabilidad civil

    Certificado expedido por la entidad aseguradora que contenga la siguiente información:

    - De la póliza de Responsabilidad Civil: compañía, cobertura, nº póliza y vigencia. Límite por siniestro: mínimo 600.000 €.

    - De la póliza de accidentes: compañía, cobertura, nº póliza y vigencia.

    - Fallecimiento: mínimo 6.000 €.

    - Invalidez permanente parcial: mínimo 12.000 €.

    - Invalidez permanente total: mínimo 12.000 €.

    - Asistencia sanitaria: ilimitada.

  • 3. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • 4. Listado nominado de los voluntarios

    A los que se les extiende la cobertura contratada: relación actualizada (nombre, apellidos, D.N.I, fecha de nacimiento y fecha de alta).

  • 5. Listado nominado de los voluntarios que se dan de baja

    Respecto a la póliza del año anterior: relación actualizada (nombre, apellidos, D.N.I., fecha de nacimiento y fecha de baja).

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    En Comunidad Autónoma de Aragón


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Límites cuantías. El importe de la ayuda concedida a cada beneficiario no podrá exceder en ningún caso del 25% del total previsto para cada aplicación presupuestaria a la que se circunscribe esta Orden de convocatoria.

Obligaciones de Publicidad. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación ciudadana de Aragón, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previo requerimiento, y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquélla de las obligaciones previstas en la Ley en materia de transparencia, con las consecuencias recogidas en su artículo 9.4.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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