Subvenciones destinadas a incentivar la caza del jabalí y la recogida de carne de caza para la prevención y lucha contra la peste porcina africana

Trámite 11312

Próximamente - Del 01/02/2026 al 07/02/2026

Aún no es posible presentar el trámite

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Contenidos

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Detalles del trámite

A través de este trámite los centros de recogida de carne de caza presentarán la solicitud correspondiente a su línea de subvención, que llevará implícita la solicitud de la subvención correspondiente a los titulares de los cotos de caza a los que pertenezcan los jabalíes recogidos.


Dirigido a

  • Los Centros de recogida de carne de caza que reciban y gestionen dichos animales serán los solicitantes de dichas subvenciones, incluyendo la línea de subvención a titulares de cotos de caza en los que se abatan jabalíes.
    • Línea de subvención a titulares de cotos de caza:
      • Las personas titulares de cotos deportivos, municipales, privados e intensivos de caza en Aragón, debidamente inscritos en el registro o instrumento administrativo que resulte de aplicación y en cuyo ámbito territorial se hayan cazado los jabalíes subvencionables que hayan sido entregados a un centro de recogida de carne de caza autorizado con establecimiento en Aragón o, en el caso de que concurriera el supuesto previsto en al apartado 3 del artículo 1, a la empresa SARGA.
      • En los cotos municipales en los que la gestión cinegética se haya cedido a una sociedad deportiva de caza, será la sociedad cesionaria la que podrá percibir la subvención. Másacciones de más
    • Línea de subvención a centros de recogida de carne de caza:
      • Los centros de recogida de carne de caza autorizados, con establecimiento en Aragón, que reciban jabalíes cazados en cotos deportivos, municipales, privados o intensivos de Aragón y que gestionen dichos animales conforme a la normativa higiénico-sanitaria y al Decreto-ley 7/2025, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón.

Requisitos

  • Serán subvencionables los jabalíes y otros suidos libres que cumplan los siguientes requisitos:
    • a) Hayan sido cazados en cotos deportivos, municipales, privados o intensivos de Aragón, incluyendo los ejemplares sacrificados tras su captura en trampa autorizada, desde el 4 de diciembre de 2025 y que hayan sido depositados en un punto de recogida de los centros de recogida de carne de caza autorizados o, en su caso, entregados a SARGA.
    • b) Hayan sido marcados individualmente en el garrón con un precinto inalterable proporcionado por el centro de recogida de carne de caza.
    • c) Estén debidamente identificados y registrados en los documentos de recogida y en los certificados emitidos por la empresa o centro de recogida de carne de caza.
  • No serán subvencionables aquellos jabalíes destinados al autoconsumo ni los abandonados.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 01/02/2026 a las 00:00 h

Fin: 07/02/2026 a las 23:59 h

Las solicitudes se presentarán durante los 7 primeros días naturales de cada mes recogiendo lo correspondiente al mes inmediatamente anterior.

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

Plazo máximo de tres meses desde la presentación de las solicitudes o desde la subsanación, si hubiese sido requerida.La persona beneficiaria podrá renunciar a la subvención en el plazo de los diez días naturales siguientes al de la publicación de la resolución.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Certificado de animales

    Certificado emitido por el centro de recogida en el que se haga constar el número total de animales recogidos de cada coto en el periodo comprendido entre solicitudes, así como la relación de los precintos con los que cada coto ha marcado cada ejemplar subvencionable que ha sido entregado al centro de recogida de carne de caza.

    - Si el centro de recogida ha declarado resultados de caza de diferentes periodos deberá adjuntar un documento por periodo de referencia declarado.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Las solicitudes se presentarán durante los 7 primeros días naturales de cada mes recogiendo lo correspondiente al mes inmediatamente anterior.

Excepcionalmente se podrán realizar solicitudes correspondientes a periodos anteriores al mes de referencia.

Se tramita en el Servicio de Sanidad Animal de la Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Ayuda a la tramitación electrónica

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