Subvenciones para el desarrollo de actividades de información y prevención de la ludopatía
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades de información y prevención de la ludopatía dirigidas a la población en general para desincentivar hábitos o conductas que pueden generar juego patológico, con especial atención a los colectivos más vulnerables como los menores de edad o las personas que tengan reducidas sus capacidades volitivas.
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- Las entidades sin ánimo de lucro, que entre sus fines estatutarios figure la realización de actividades de información y prevención de la ludopatía y que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
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- Ser entidad sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:
- Entre sus fines estatutarios figure la realización de actividades de información y prevención de la ludopatía.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Observaciones- Todos los requisitos deberán acreditarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el período de ejecución del programa subvencionado.
- No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2006, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Correo electrónico. gestionjuego@aragon.es
- Teléfono. 976716519
- Ser entidad sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:
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Documentos a aportar por la persona interesada
- Acreditación representante
Copia de la documentación que acredite la representación legal de la entidad. - Copia de los Estatutos de la entidad
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
- Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar
Documentos en poder de la administración y que no tendrás que presentar si nos autorizas a su consulta- Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
- Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
- Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
- Acreditación representante
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Plazo de presentación:
FUERA DE PLAZO
Plazo de resolución:
6 meses
Antes de iniciar el trámite
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