Convocatoria 2025 - Manifestación interés lista de espera 2024
Fuera de plazo - Del 29/07/2025 al 19/09/2025
El plazo de presentación terminó el 19 septiembre 2025
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 29/07/2025 al 19/09/2025
El plazo de presentación terminó el 19 septiembre 2025
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
Subvenciones a municipios aragoneses para la asistencia en la financiación de promociones para la construcción de viviendas públicas de alquiler, de nueva planta o en procedimientos de rehabilitación integral de edificaciones preexistentes incluidos en la lista de reserva de la convocatoria ORDEN FOM/971/2024.
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Resolución del Director General de Urbanismo y Ordenación del territorio por la que se formula propuesta de resolución provisional de la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios aragoneses para la construcción de viviendas públicas de alquiler o rehabilitación de edificaciones para el mismo fin.
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ORDEN FOM/1824/2025, de 19 de diciembre, por la que se resuelve la segunda convocatoria de subvenciones a municipios aragoneses para la construcción de viviendas públicas de alquiler o rehabilitación de edificaciones para el mismo fin.
Dirigido a
- Municipios aragoneses incluidos en la lista de reserva de la ORDEN FOM 971/2024 que tengan una población inferior a 3000 habitantes, y excepcionalmente superior si la actuación es en un núcleo o barrio rural de menos de 3000 habitantes, que no pertenezca a capital de provincia.
Requisitos
- Ser titular de suelo apto para construcción de vivienda pública o de una edificación preexistente para su rehabilitación integral.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
- No estar el municipio incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- La promoción solicitada debe ser la misma que se solicitó en la convocatoria ORDEN FOM/971/2024.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 29/07/2025 a las 00:00 h
Fin: 19/09/2025 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Tres meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Acuerdo del órgano municipal competente por el que se reitera la solicitud
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del municipio, con el visto bueno del Alcalde/sa o Presidente/a que recoja el acuerdo del órgano municipal competente por el que se reitera la voluntad de acceder a la subvención solicitada en la convocatoria ORDEN FOM/971/2024.
-
2. Certificado obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del municipio, con el visto bueno del Alcalde/sa o Presidente, de estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de acuerdo con la normativa aplicable, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado un plan económico-financiero, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Modelo subsanación falta de firma del alcalde en declaraciones responsables
En caso de tener que subsanar la falta de firma del alcalde en las declaraciones responsables utilizar este modelo.
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Tres meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio 976 714 532
Correo electrónico. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio dgurbanismo@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Orden FOM/578/2024, de 30 de mayo, bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de viviendas públicas y rehabilitación de inmuebles en municipios de Aragón
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
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