Convocatoria 2025

Trámite 11125

Fuera de plazo - Del 29/07/2025 al 19/09/2025

El plazo de presentación terminó el 19 septiembre 2025

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Fuera de plazo - Del 29/07/2025 al 19/09/2025

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Detalles del trámite

Subvenciones a municipios aragoneses para la asistencia en la financiación de promociones para la construcción de viviendas públicas de alquiler, de nueva planta o en procedimientos de rehabilitación integral de edificaciones preexistentes.


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  • Propuesta de resolución

    Resolución del Director General de Urbanismo y Ordenación del Territorio por la que se formula propuesta de resolución provisional de la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios aragoneses para la construcción de viviendas públicas de alquiler o rehabilitación de edificaciones para el mismo fin.

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  • Orden de concesión

    ORDEN FOM/1824/2025, de 19 de diciembre, por la que se resuelve la segunda convocatoria de subvenciones a municipios aragoneses para la construcción de viviendas públicas de alquiler o rehabilitación de edificaciones para el mismo fin.


Dirigido a

  • Municipios aragoneses que tengan una población inferior a 3000 habitantes, y excepcionalmente superior si la actuación es en un núcleo o barrio rural de menos de 3000 habitantes, que no pertenezca a capital de provincia.

Requisitos

  • Ser titular de suelo apto para construcción de vivienda pública o de una edificación preexistente para su rehabilitación integral.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • No estar el municipio incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 29/07/2025 a las 00:00 h

Fin: 19/09/2025 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

Tres meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Acuerdo del órgano municipal competente por el que se decide solicitar

    Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del municipio, con el visto bueno del Alcalde/sa o Presidente/a que recoja el acuerdo del órgano municipal competente por el que se decide solicitar la subvención. Dicho acuerdo deberá incluir una referencia expresa a la aceptación de las condiciones establecidas en la convocatoria.

  • 2. Memoria suscrita por técnico competente

    Memoria (extensión máxima 3 páginas), suscrita por técnico competente, que describa los contenidos básicos de la actuación respecto de la que se solicita la subvención, en la que se especificará, como mínimo, la clasificación y calificación del suelo afectado, edificabilidad máxima, redes urbanísticas disponibles, concretando emplazamiento, si se trata de edificación de nueva planta o de rehabilitación integral de edificio preexistente, y, en tal caso, si cuenta con alguna figura de protección por su valor histórico, artístico o arquitectónico. Se señalará igualmente la superficie total a construir o rehabilitar, número total de viviendas resultantes, otros usos complementarios (tales como garajes o trasteros) y presupuesto de contrata estimado (ejecución material, más gastos generales y beneficio industrial). Se complementará con información gráfica y fotográfica.

  • 3. Declaración de parque público municipal de viviendas.

    Declaración de la entidad municipal de parque público municipal de viviendas en uso o en condiciones de uso y habitabilidad sin necesidad de intervención rehabilitadora.

  • 4. Certificado obligación rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón

    Certificado expedido por el Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del municipio, con el visto bueno del Alcalde/sa o Presidente, de estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de acuerdo con la normativa aplicable, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado un plan económico-financiero, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones


¿Necesitas ayuda?

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

  • Teléfono. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio 976 714 532

  • Correo electrónico. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio dgurbanismo@aragon.es

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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