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Acceder a MiAConvocatoria 2022
Trámite Nº9353
Fuera de plazo - Del 07/12/2022 al 16/12/2022
El plazo de presentación terminó el 16 diciembre 2022
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
TrámiteNº9353
Fuera de plazo - Del 07/12/2022 al 16/12/2022
El plazo de presentación terminó el 16 diciembre 2022
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Este es un trámite de oficio , es decir, que solo puede ser iniciado por personal de la administración.
Detalles del trámite
Subvenciones dirigidas a entidades locales de Aragón para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes. Convocatoria 2022.
Otras acciones
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Propuesta de resolución definitiva.
Propuesta de resolución de la convocatoria de subvenciones dirigidas a entidades locales de Aragón para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes (Orden CDS/1751/2022, de 28 de noviembre).
Dirigido a
- Entidades locales.
Requisitos
- Tener la consideración de entidad local, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
- Cumplir con el resto de requisitos establecidos en las bases reguladoras y convocatoria.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 07/12/2022 a las 00:00 h
Fin: 16/12/2022 a las 23:59 h
Plazo de 7 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Poder de representación (solo si no se utiliza certificado de persona jurídica)
Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberá aportar copia
electrónica de la acreditación del poder de representación. No será necesario si se presenta la solicitud mediante certificado de representante de persona jurídica.
-
2. Certificado Cámara de Cuentas de Aragón
Certificación de encontrarse al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
-
3. Justificación de gasto mediante certificado
La justificación, de acuerdo con el artículo 32.5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, y con lo establecido en las bases reguladoras, se efectuará mediante certificación emitida por la Intervención o el órgano que tenga atribuidas las facultades de control, en la que se haga constar la toma de razón en contabilidad y el cumplimiento de la finalidad para la que se solicita la ayuda. La acreditación documental del pago efectivo de estos gastos se podrá realizar posteriormente, con los límites establecidos en los siguientes apartados.
Se debe presentar en el momento de la justificación.
-
4. Información adicional de justificación (Anexo II)
El certificado de justificación se acompañará de la siguiente información, según el modelo establecido:
- Desglose de cuantías destinadas a cada de las actuaciones financiables.
- Número de personas atendidas en cada una de las actuaciones financiables.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 419
Correo electrónico. sgtciudadaniadsoc@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 111. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h
- atencionalaciudadania@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00 h.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
-
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
-
Real Decreto 672/2022, de 1 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para promover y fomentar una mejor atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes
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