Convocatoria 2024

Trámite 10453

Fuera de plazo - Del 08/08/2024 al 05/09/2024

El plazo de presentación terminó el 05 septiembre 2024

Descargar formulario

Trámite10453

Fuera de plazo - Del 08/08/2024 al 05/09/2024

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Detalles del trámite

A través de este trámite, los municipios aragoneses solicitarán ayudas para para el mantenimiento, la conservación y la restauración de bienes de titularidad municipal o bienes cedidos y gestionados por las entidades locales, integrantes del patrimonio cultural aragonés destinados a uso público, de titularidad municipal y destinados a uso público.

Otras acciones


Dirigido a

  • Entidades locales municipales aragonesas

Requisitos

  • Podrán ser beneficiarias las entidades locales municipales aragonesas
  • Cada entidad local municipal únicamente podrá ser beneficiaria de una actuación subvencionable para un bien inmueble y una actuación subvencionable para un bien mueble
  • No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las demás prohibiciones establecidas en la legislación aragonesa
  • Estar al día de la rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de acuerdo con la normativa aplicable y haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado los correspondientes planes económico-financieros, en caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 08/08/2024 a las 00:00 h

Fin: 05/09/2024 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Índice de la documentación

    Índice de la documentación presentada según modelo recogido en el Anexo II de la Orden de convocatoria.

  • 2. Acreditación de representación de quien firma la solicitud

    Acreditación válida de capacidad de representación de quien firma la solicitud.

  • 3. Certificado del Ayuntamiento que acredite la titularidad municipal del bien

    Certificado del Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento en el que se acredite la titularidad municipal del bien objeto de la subvención.

  • 4. Presupuestos de honorarios

    Presupuestos de honorarios de los profesionales intervinientes en la redacción de los proyectos o memorias valoradas, estudios previos, informes técnicos y certificados necesarios para la ejecución de la actuación.

  • 5. Certificado del secretario o secretario interventor del ayuntamiento

    Certificado del Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento en el que se acredite:

    1º. Que la entidad local municipal no incurre en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    2º. Que la entidad local municipal está al día de la rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón y ha adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado los correspondientes planes económicos financieros en caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.

    3º No ser beneficiario de otras ayudas o fuentes de financiación para la actuación subvencionable solicitada.

  • 6. Anexo II-A

    Índice de documentación presentada con la solicitud de subvención para la actuación en bien mueble

  • 7. Anexo II-B

    Índice de documentación presentada con la solicitud de subvención para la actuación en bien inmueble arquitectónico.

  • 8. Anexo III

    Declaraciones responsables para solicitar la subvención

  • 9. Anexo IV-A

    Modelo de cartel publicitario para bienes muebles


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Estar al corriente de pago para ayudas y subvenciones - AEAT


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

El importe máximo de la subvención será:

a) Para bienes muebles será del 100% del coste subvencionable, sin que la misma pueda ser inferior a 10.000 euros, ni superior a 50.000 euros

b) Para bienes inmuebles será del 100% del coste subvencionable, sin que la misma pueda ser inferior a 35.000 euros, ni superior a 150.000 euros.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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