Subvención entidades privadas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística - Convocatoria 2021
N°1550
A través de este trámite, se podrá presentar una solicitud para optar a la concesión de ayudas a destinadas a financiar actuaciones en materia de promoción turística, que sean realizadas por entidades privadas sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Cumplir los requisitos que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y las obligaciones del artículo 14 de la misma y sus equivalentes de la Ley 5/2015 de 25 marzo de Subvenciones de Aragón.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Ficha de Terceros
Descargar modelo Ficha de TercerosDatos del Proyecto
Descargar modelo Datos del ProyectoDatos del proyecto
Según modelo facilitado en el tramitador online. Debe incluir: Denominación del proyecto. Fundamentación. Objetivos. Descripción y desarrollo de las actividades. Plazo de ejecución del proyecto. Cronograma de actuaciones detallado. Memoria descriptiva de las actividades a desarrollar. Presupuesto del proyecto, desglosado por conceptos y documentado mediante aportación de facturas proforma.
Presupuestos de tres proveedores
En caso necesario.
Tarjeta de identificación fiscal (NIF)
De la entidad solicitante.
Certificado de representante
Si la persona que realiza la solicitud online actúa con el certificado digital personal en lugar de realizarlo con el certificado digital que le acredita como representante de la entidad titular, deberá aportar copia del documento acreditativo de dicha representación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Certificado de exención de IVA
Certificado compromiso con la calidad turística
En su caso Certificado en el que conste la participación de la Entidad en la Mesa de Calidad o se indique el número de empresas con distintivo en vigor Compromiso con la Calidad Turística (SICTED) entre sus socios.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesDocumento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Ficha de Terceros
Donde se acreditan por la entidad bancaria los datos del número de cuenta del beneficiario en la que se deba hacer el ingreso de la subvención, para su envío y constancia en el Negociado de Terceros del Gobierno de Aragón. En caso de que estos datos ya consten en la base de datos del Gobierno de Aragón no es necesaria su presentación.
Formulario del trámite:
Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.
Descargar formularioPresentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 976 714 738
- Correo electrónico. sot@aragon.es
- Teléfono. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 976 714 739
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 13/01/2021 al 10/02/2021
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
6 meses desde su publicación
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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