Convocatoria 2021 - Subvenciones en materia de energías renovables cofinanciadas por el FEDER
Fuera de plazo - Del 02/06/2021 al 01/07/2021
El plazo de presentación terminó el 01 julio 2021
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Fuera de plazo - Del 02/06/2021 al 01/07/2021
El plazo de presentación terminó el 01 julio 2021
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a la concesión de subvenciones, en materia de ahorro y diversificación energética.
Están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Estas ayudas, buscan el ahorro y la diversificación energética, el uso racional de la energía y el aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables.
Requisitos
- Podrán ser objeto de subvención determinados proyectos e instalaciones relacionados con las materias de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables.
- En cada convocatoria de subvenciones se concretarán aquellas actuaciones subvencionables que sean objeto de ayudas y los criterios de valoración para su concesión.
- CONVOCATORIA DE AYUDAS 2021
- De conformidad con la Orden reguladora de la convocatoria para el año 2021, se considera actuación subvencionable la ejecución de nuevos proyectos e instalaciones, así como la ampliación de potencia o sustitución de instalaciones existentes, sitos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a:
- Solar fotovoltaica mediante la instalación de paneles solares fotovoltaicos, para autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas, hasta una potencia máxima inferior a 100 kWp de potencia eléctrica.
- Solar térmica mediante la instalación de paneles solares híbridos, hasta una potencia máxima de 250 kW de potencia térmica (producción de electricidad y de agua caliente).
- El periodo del que dispone el beneficiario de las ayudas para ejecutar y pagar las actuaciones subvencionables (periodo subvencionable) comienza el 1 de enero de 2021 y termina el 29 de octubre de 2021, ambas fechas inclusive.
- Dado el carácter cofinanciado de estas ayudas por parte del FEDER y de acuerdo con la normativa europea, las actuaciones no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente a la presente convocatoria, al margen de que el beneficiario haya efectuado todos los pagos relacionados.
- De conformidad con la Orden reguladora de la convocatoria para el año 2021, se considera actuación subvencionable la ejecución de nuevos proyectos e instalaciones, así como la ampliación de potencia o sustitución de instalaciones existentes, sitos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, que supongan la explotación de los recursos energéticos relativos a:
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 02/06/2021 a las 00:00 h
Fin: 01/07/2021 a las 23:59 h
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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1. Presupuesto de la inversión
Excluyendo el IVA y desglosado por conceptos.
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2. Documentación complementaria
Se podrá adjuntar toda aquella documentación complementaria que posibilite un mejor análisis de la actuación para la que se solicita la subvención.
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-
1. Documento poder de representación
Cuando el solicitante actúe por medio de representante deberá aportar el documento que acredite el poder de representación, salvo que se acceda a la solicitud con certificado digital de representante.
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-
1. Certificado Corporación Local
En el caso de que el solicitante sea una corporación local, certificado del secretario-interventor acreditando que dicha entidad ésta al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
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-
1. Certificado Autónomo
En el caso de que el solicitante sea un autónomo, acreditación de que está dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, mediante certificado sobre reconocimiento de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el presente año, o documentación acreditativa equivalente.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Validación de NIF de un contribuyente
Verificación de Datos de Identidad
Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias
Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social
Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Para una información más amplia sobre régimen de concesión, criterios de valoración, cuantías subvencionables, obligaciones y justificación por los beneficiarios, etc.; consultar la Orden reguladora de la convocatoria de ayudas para el año 2021 (BOA nº 117 del 01/06/2021).
Las subvenciones previstas en dicha Orden que tengan como beneficiarios empresas privadas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro tendrán la consideración de ayudas de "minimis", conforme a la normativa europea de aplicación.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 000
Correo electrónico. gestionenergetica@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas
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Orden EIE/731/2017, de 23 de mayo, por la que se modifica puntualmente la Orden PRE/571/2016, de 13 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al fondo local de Aragón, para su aplicación a las subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas, que se hallan cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
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Orden EIE/601/2018, de 5 de abril, por la que se modifica la Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas
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Orden ICD/418/2021, de 26 de abril, por la que se modifica la Orden EIE/1940/2016, de 16 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables, e infraestructuras energéticas
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Ley 5/2015, de 25 de marzo, Subvenciones de Aragón
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
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Ayuda a la tramitación electrónica
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