Convocatoria 2022 - FITE 2020/2021

Trámite 9228

Fuera de plazo - Del 21/10/2022 al 11/11/2022

El plazo de presentación terminó el 11 noviembre 2022

Consultar trámite

Trámite9228

Fuera de plazo - Del 21/10/2022 al 11/11/2022

El plazo de presentación terminó el 11 noviembre 2022

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Detalles del trámite

Subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel para financiar proyectos de inversión de fundaciones sin ánimo de lucro en la Provincia de Teruel, que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en la provincia de Teruel, generando empleo o fijando población; y, en concreto, las actuaciones de inversión destinadas a la generación de nuevo patrimonio cultural, medioambiental y social en la provincia de Teruel o para la modernización, ampliación o acondicionamiento del ya existente.


Dirigido a

  • Fundaciones sin ánimo de lucro con sede social en la provincia de Teruel, que cumplan los requisitos.

Requisitos

  • Tener su sede social en la provincia de Teruel.
  • Tener una antigüedad mínima de 10 años desde su constitución (pudiendo cumplir los 10 años a lo largo del año de la convocatoria).
  • No podrán obtener la condición de beneficiario las fundaciones en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Inicio: 21/10/2022 a las 00:00 h

Fin: 11/11/2022 a las 23:59 h

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

3 meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Representación legal entidad

    Documentación acreditativa de la representación legal de la entidad

  • 2. Estatutos de la Fundación

    En el supuesto de que no haya participado en ninguna convocatoria anterior para esta misma finalidad

  • 3. Memoria descriptiva de las actividades a realizar

    Según el contenido previsto en la convocatoria

  • 4. Memoria de la entidad

    Según el contenido previsto en la convocatoria

  • 5. Certificado de inscripción de la entidad en el registro de fundaciones

    Acreditación de estar inscrito en el registro de fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón

Otra documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

  • Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias

  • Documento acreditativo de estar al corriente de pago con la Seguridad Social

  • Acreditación de estar al corriente de pago con la Comunidad Autónoma

  • Validación de NIF de un contribuyente

    Acreditación de la identidad fiscal de la entidad


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ACCIÓN EXTERIOR Y TRANSPARENCIA

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Se considerarán subvencionables las inversiones realizadas y efectivamente pagadas en el periodo de ejecución comprendido entre el 1 de enero de 2021 hasta el 29 de diciembre de 2023. Excepcionalmente, por un máximo de la mitad de la cuantía subvencionada, y previa solicitud motivada del beneficiario en la que se acredite la imposibilidad técnica de realizar la actuación subvencionable en el plazo inicialmente previsto, este plazo podrá ser objeto de ampliación hasta el 30 de noviembre de 2024, dado que el Convenio del Fondo de Inversiones de Teruel 2021 con el que se financia en parte esta convocatoria finaliza su vigencia el 31 de diciembre de 2024.

 La cuantía individualizada de ayudas a conceder podrá ser del 100% de la inversión subvencionable.

 Cada fundación solicitante podrá solicitar ayuda para un único proyecto de inversión.

 Las solicitudes serán baremadas hasta un máximo de 80 puntos debiendo alcanzar un mínimo de 50 puntos para que la entidad pueda ser beneficiaria de las ayudas objeto de convocatoria.

 Los beneficiarios de las ayudas deberán manifestar, en su caso, la renuncia expresa a la concesión de la ayuda en el plazo de diez días hábiles. En caso contrario se entenderá que aceptan todas y cada una de las condiciones expresadas en la resolución y en la orden de concesión de la ayuda.

 El pago de las subvenciones que se concedan se realizará anticipadamente.

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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