Autorización
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede solicitar la autorización necesaria para realizar el servicio de transporte público interurbano de uso especial de escolares con destino a centros educativos ubicados en Aragón.
Dirigido a
- Transportista contratado/a para la prestación del servicio de transporte escolar, con las siguientes especificaciones:
- El servicio debe ser prestado para centros escolares situados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Haber convenido previamente la realización del transporte de escolares, mediante el correspondiente contrato con las personas representantes de las personas usuarias (órganos administrativos competentes sobre centros escolares, propietarios/as o directores/as de colegios; representantes de asociaciones de madres y padres de alumnos/as u otros similares).
- Ser titular de la autorización de transporte público de viajeros/as por carretera (VD, VT, VTC).
- Disponer de los medios materiales necesarios para la prestación del servicio contratado.
- Cumplir todos los requisitos contemplados en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.
- Para completar esta solicitud es obligatorio el pago de la Tasa 05 de transporte terrestre, Tarifa 02. Por otorgamiento de autorización de transporte regular de uso especial. El coste es por la autorización global, independientemente del número de vehículos.
- Importante: Si el servicio es prestado mediante reserva de plazas de transporte regular no es necesario solicitar la autorización.
- Se debe solicitar la autorización tanto por la firma de un contrato nuevo como para renovar la autorización cada año por disponer de un contrato plurianual.
- En caso de que tengas que realizar una modificación en tu autorización actual por algún cambio en la ruta, de vehículo o en el contrato, por ejemplo, deberás solicitar la modificación de la autorización.
- Si necesitas solicitar integración para personas usuarias de carácter general para alguna localidad, deberás solicitar la autorización de la integración.
Pago de tasas
Tasa 05. Tarifa 02. Por otorgamiento de autorización de transporte regular temporal o de uso especial, así como de cualquier otra autorización específica de transporte de viajeros por carretera.
Puedes justificar el pago de dos formas:
Si prefieres pagar directamente en el formulario de solicitud, el pago quedará automáticamente justificado.
Si prefieres pagar fuera del formulario de solicitud, tendrás que adjuntar un justificante de cada pago junto a la documentación de tu solicitud.
Para pagar fuera del formulario de solicitud:
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Justificante del pago de la tasa
Documento acreditativo del pago de la Tasa 5, tarifa 2.
-
2. Seguro obligatorio de viajeros/as
Certificado de la entidad aseguradora que garantice la cobertura del Seguro Obligatorio de Viajeros/as en todos los vehículos, incluyendo la responsabilidad civil voluntaria ilimitada (50 millones de euros) o Póliza del seguro en vigor y justificante de pago.
-
3. Ficha Técnica de los vehículos
Si no se ha aportado previamente a la Subdirección correspondiente, Ficha Técnica del Vehículo con la última revisión periódica de la I.T.V y la anotación de que "cumple características técnicas del art. 4 del Real Decreto 443/2001".
-
4. Contrato del servicio
Contrato firmado con el centro escolar, AMPA o la entidad privada que requiere los servicios de la empresa.
-
5. Acuerdo de colaboración con otras empresas
Si el servicio es prestado mediante la participación de otras empresas de transporte. Sólo se admitirá en el supuesto de ser autorizado por el órgano competente.
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Acreditación de la identidad
Datos de identidad de la persona interesada y, en su caso, de su representante (Dirección General de Policía).
Permisos de circulación de vehículos
Datos de los permisos de circulación de todos los vehículos incluidos en la solicitud, tanto propios como de las empresas colaboradoras en el servicio (Dirección General de Tráfico).
Autorización para el transporte de viajeros
Registro de empresas y actividades del transporte.
Contrato del servicio
Si es con el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón o con alguna Comarca de Aragón.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
En la solicitud se deben incluir exactamente los vehículos que figuran en el contrato, si éste los contempla. En caso de solicitar la autorización de vehículos adicionales o diferentes, la solicitud no será válida.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Preguntas frecuentes
Autorización y modificación de transporte escolar
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Esta solicitud siempre está disponible, pero en todo caso, las solicitudes deben presentarse antes de iniciar los servicios.
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Transporte escolar. Transporte público interurbano regular de uso especial:
Para el traslado de escolares y menores.
Es necesario cumplir todos los requisitos contemplados en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores
Transporte no escolar. Transporte público interurbano regular de uso especial:
- Para el traslado de un colectivo específico y homogéneo de personas usuarias con destino a un centro de actividad común (colegio, cuartel, centros deportivos u otros similares).
- No está incluido en el ámbito del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores
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Empresa de transportes contratada para la prestación del servicio de transporte escolar, con las siguientes especificaciones:
- El contrato puede ser con el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón o con otras entidades (Comarcas, AMPA, centro escolar…).
- El servicio debe ser prestado para centros escolares situados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las empresas de transporte pueden ser empresas de Aragón o del resto de España.
Se debe solicitar la autorización tanto por la firma de un contrato nuevo como para renovar la autorización cada año por disponer de un contrato plurianual.
En caso de que tengas que realizar una modificación en tu autorización actual por algún cambio en la ruta, de vehículo o en el contrato, por ejemplo, deberás solicitar la modificación de la autorización. Si las variaciones tienen lugar antes de recibir tu autorización, ponte en contacto con nuestro departamento través del correo electrónico: dgtransportes@aragon.es o llamando al teléfono 976 714 544, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Importante: Si el servicio es prestado mediante reserva de plazas de transporte regular no es necesario solicitar la autorización.
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Puedes incluir tantos vehículos como permita tu contrato y, en el caso de que en el contrato figuren unas matrículas concretas, en la solicitud de autorización sólo puedes incluir esas mismas. En caso de solicitar la autorización de vehículos adicionales o diferentes, la solicitud no será válida.
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El pago de la Tasa 05 de transporte terrestre, Tarifa 02, sólo es obligatorio en caso de solicitar una nueva autorización o la renovación anual.
La modificación de autorización no precisa pago de tasas.
Para completar esta solicitud es obligatorio el pago de la Tasa 05 de transporte terrestre, Tarifa 02: 29,65 euros. El coste es por la autorización global (una única tasa por autorización), independientemente del número de vehículos.
- Tarifa 02. Por otorgamiento de autorización de transporte regular temporal o de uso especial, así como de cualquier otra autorización específica de transporte de viajeros por carretera, por cada vehículo autorizado.
Se recomienda realizar el pago de forma previa a la solicitud para poder adjuntar el justificante de pago durante la solicitud.
Para proceder al pago accede a la aplicación de Autoliquidaciones, selecciona tarifa 02, rellena los datos solicitados (en el campo “Número” introduce “1”, ya que el pago es por una autorización), guarda e imprime el formulario y acude a tu entidad bancaria o a la Tesorería de la DGA* para completar el pago. Posteriormente, durante la solicitud, en “Aportar documentos”, deberás adjuntar el justificante de pago.
*Podrás realizar el pago mediante:
- Entidad bancaria, si dispones de cuenta en: BBVA, Santander, Bantierra, CAIXA, Caja Laboral Cooperativa de Crédito, Caja Rural de Teruel o IBERCAJA.
- En efectivo en la Tesorería de la DGA de Huesca, Teruel o Zaragoza.
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Si los plazos se han demorado y no has recibido tu autorización al comienzo del curso escolar, imprime y lleva contigo en el vehículo la confirmación de la solicitud enviada como autorización anticipada.
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Si sufres algún problema con tu vehículo y necesitas utilizar otro vehículo no autorizado para realizar el servicio, es preciso que informes debidamente de ello a tu órgano contratante y sigas las pautas que se establezcan en tu contrato.
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Si tu ruta ya estaba integrada en el curso anterior con otros servicios adicionales de transporte general, y en el curso presente se quiere seguir manteniendolos, tan solo tienes que marcarlo en tu solicitud de autorización. Por el contrario, en caso de que este sea el primer año que se desea integrar diferentes servicios en la ruta, es preciso que lo solicites mediante el procedimiento de autorización de integración del transporte regular de viajeros de uso general en el de uso especial.
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Si tu contrato, o alguna característica del servicio, ha sufrido variaciones tras recibir tu autorización, es preciso que solicites la modificación de autorización de transporte regular de uso especial para el traslado de escolares y menores.
En caso de que las variaciones tengan lugar antes de recibir tu autorización, ponte en contacto con nosotros a través del correo electrónico: dgtransportes@aragon.es o llamando al teléfono 976 714 544, de lunes a viernes de 9:00 a 14: 00 horas.
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Huesca. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 974 293 347
Correo electrónico. Huesca. transporteshuesca@aragon.es
Teléfono. Teruel. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 978 641 455
Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
Teléfono. Zaragoza. Horario de 9:00 a 14:00 horas. 976 715 118
Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
-
Decreto 24/2008, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas para el mantenimiento y mejora de los servicios de transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón
-
Ley 17/2006, de 29 de diciembre, de Medidas urgentes en el sector del transporte interurbano de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Aragón
Normativa general
-
Orden de 14 de mayo de 2013 de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se dictan normas para la organización y funcionamiento del servicio complementario de transporte escolar en la Comunidad Autónoma de Aragón
-
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo
-
Orden de 8 de mayo de 2002 de los Departamentos de Educación y Ciencia y de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se regula la progresiva implantación de la figura del acompañante en el transporte escolar y de menores
-
Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores
-
Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
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Ayuda a la tramitación electrónica
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