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Registro de viviendas desocupadas de Aragón

En el Registro de Viviendas Desocupadas de Aragón se deberán inscribir trimestralmente aquellas viviendas desocupadas situadas en Aragón siempre que su titularidad corresponda a entidades financieras o a sociedades inmobiliarias bajo su control y que provengan de un proceso de ejecución hipotecaria o de pagos o daciones en pago de deudas con garantía hipotecaria.

Dirigido a

  • Entidades financieras
  • Sociedades inmobiliarias bajo control de las Entidades Financieras
  • Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. (SAREB)

Requisitos

  • Las viviendas deben ser titularidad de las Entidades financieras, las sociedades inmobiliarias bajo su control y la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A.
  • Estar situadas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Estar legalmente desocupadas conforme a lo establecido la normativa aplicable.
  • Provenir de un proceso de ejecución hipotecaria, o de pagos o daciones o en pago de deudas con garantía hipotecaria.

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