Inscripción
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las empresas de más de 50 trabajadores podrán comunicar a la autoridad laboral competente los comités de seguridad y salud constituidos en su empresa o centros. De esta manera, dichos comités quedarán recogidos en el Registro de Comités de Seguridad y Salud de Aragón, desde el que podrán expedirse los certificados pertinentes y facilitar la información generada en él a los organismos públicos competentes.
Dirigido a
- Es obligación de la empresa pública o privada, que cuente con más de 50 trabajadores y que haya constituido comité
- También pueden realizar la inscripción:
- La persona designada o la representación legal del personal
- Una persona representante de las organizaciones sindicales a las que pertenezcan dichas personas delegadas en prevención utilizando el certificado de persona jurídica de su organización
Requisitos
- Realizar la inscripción en el plazo de diez días hábiles a partir de la constitución.
- Tener al menos 50 trabajadores.
- Haber realizado previamente la inscripción en el Registro de personas delegadas de prevención.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
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Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Próximos pasos:
- Subsanaciones
Si detectamos alguna deficiencia en la comunicación presentada, nos pondremos en contacto contigo indicándote cómo subsanarla. Si en el plazo de 10 días hábiles no subsanas la deficiencia encontrada, desestimaremos tu inscripción en el registro y tendrás que iniciar el trámite de nuevo.
- Inclusión en el registro
Si no nos ponemos en contacto contigo, puedes entender tu comunicación aceptada.
- Obligaciones de las empresas inscritas
Comunicar las variaciones en las designaciones de personas del comité, en el plazo de 10 días hábiles desde el hecho que las produzca, a través del procedimiento modificación del Registro de comité de seguridad y salud.
Preguntas frecuentes:
- ¿Es necesario tener un comité de seguridad y salud en la empresa?
Sí, aquellas empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores.
- ¿Qué número de personas forman parte del comité de seguridad y salud de la empresa?
El comité de seguridad y salud es un órgano paritario, está formado por las personas designadas como Delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.
- ¿Qué ocurre en caso de baja de larga duración de alguna de las personas que forman parte del comité?
Cada empresa puede definir en sus estatutos o acuerdos internos cómo abordar esta situación, por ejemplo, sustituyendo de manera temporal a la persona en el papel de delegada por el siguiente de la lista de representantes de los trabajadores.
- ¿Qué ocurre si cambian las personas que forman el comité?
Debes comunicar la modificación del Registro del comité de seguridad y salud.
Para más información visita nuestra página informativa sobre personas delegadas de prevención y comités de seguridad y salud.
Recursos y enlaces de interés
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Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
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Contacto y ayuda
Teléfono. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976 716 669
Correo electrónico. ISSLA Zaragoza. isslazaragoza@aragon.es
Cita previa. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. 976716669
Presencial. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA). Bernardino Ramazzini, 5. 50015. Zaragoza
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa general
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Decreto 72/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Real Decreto 110/2005, de 24 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el registro de Delegados de Prevención y de Comités de Seguridad y Salud y se regula el depósito de las comunicaciones de designación y constitución de los mismos
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Decreto 110/2005, de 24 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el registro de Delegados de Prevención y de Comités de Seguridad y Salud y se regula el depósito de las comunicaciones de designación y constitución de los mismos
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Ayuda a la tramitación electrónica
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