Red Aragón es Pyme - Inscripción de Entidades Colaboradoras
N° 11222
TRÁMITE EN ELABORACIÓN
A través de este trámite se puede presentar una solicitud de inscripción a la Red Aragón es Pyme como Entidad Colaboradora.
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Dirigido a
- Asociaciones empresariales
- Cámaras de comercio
- Fundaciones
- Otras entidades sin ánimo
Requisitos
- Impulsar políticas activas de fomento del emprendimiento, el crecimiento y consolidación de autónomos y de pequeñas y medianas empresas, y la mejora del entorno empresarial local.
- Desarrollar actividades de interés para el impulso del emprendimiento, el apoyo a las pymes o la dinamización económica local en colaboración activa con los municipios en el desarrollo de las líneas de actuación previstas en el Decreto /2025, ----, del Gobierno de Aragón, por el que se crea y regula la Red Aragón es pyme.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. De lunes a viernes de 10:00 a 12:00 976 716 254
- Correo electrónico. pymesyautonomos@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PYMES Y AUTÓNOMOS
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Próximamente
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses, contados desde la fecha en que la solicitud haya sido presentada.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,...
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver másTrámites relacionados
Próximamente
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