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Reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) para explotaciones agrícolas y huertos

N°8707

Tramitación de un procedimiento administrativo para solicitar el reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) por utilización de agua con destino a explotaciones agrícolas y huertos.

Plazo de presentación

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En plazo

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Dirigido a

  • Usuarios de agua que, cumpliendo el hecho imponible del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales, destinan los caudales consumidos a explotaciones agrícolas y huertos.

Requisitos

  • Que se trate de usos de agua que destinan los caudales a explotaciones agrícolas y huertos.
  • Que los caudales procedan en un aprovechamiento realizado directamente por el usuario (pozos, aprovechamiento de aguas superficiales…).
  • En caso de que el uso exento (explotación ganadera y huerto) concurra con otros usos no exentos, que exista medición separada de los caudales que se destinan a cada uno de ellos.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Documentos que acrediten la representación, en su caso.

  • Acreditación de que los caudales se destinan a regadío agrícola.

  • Acreditación de medición separada de usos exentos y usos no exentos.

    En caso de concurrencia de usos exentos y usos no exentos, acreditación se la medición separada de los mismos.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Verificación de Datos de Identidad

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

La exención surtirá efectos para las liquidaciones que se practiquen con posterioridad a la presentación de la solicitud y tendrá vigencia mientras se mantenga la situación que la justifica.

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
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  2. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
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  3. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  4. Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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Resolución

1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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