El próximo día 26 de julio se van a efectuar actuaciones de mantenimiento en nuestros sistemas informáticos que afectarán al funcionamiento de las aplicaciones de administración electrónica. Disculpen las molestias.
Procedimiento de prevención y actuación frente al acoso laboral y la violencia interna en el ámbito de la Administración General
N° 11109
En este procedimiento se podrá comunicar una situación de acoso laboral o de violencia interna durante el trabajo, en el que esté implicada una persona empleada pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Dirigido a
- Todo el personal que presta servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, sea personal propio o procedente de otras empresas o administraciones, incluidas a las personas que, no teniendo una relación laboral, prestan servicios o colaboran con la organización, tales como personas en formación, las que realizan prácticas o aquéllas que realizan voluntariado.
- Se podrá interponer directamente por la persona afectada o a través de su representante legal o de la representación de los trabajadores y trabajadoras.
Requisitos
- La comunicación será ante una situación de acoso laboral o de violencia interna.
- En caso de que se trate de un representante legal o de la representación de los trabajadores y trabajadoras, deberá aportar un documento de consentimiento o de representación.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Modelo de comunicación
Documento para la presentación en presencial.
Descargar modelo Modelo de comunicación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de actuar con representación
Formulario de representación
Información adicional
En el caso de que se resuelva la incoación de un procedimiento disciplinario, la resolución de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente del Departamento u Organismo autónomo o asimilado, constituirá prueba en la fase de instrucción del procedimiento.
La Secretaría General Técnica u órgano equivalente del Departamento u Organismo autónomo o asimilado, asimismo, procederá a comunicar los hechos al Ministerio Fiscal, si se estimaran constitutivos de un ilícito penal, de conformidad con el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Se informará al Comité de Seguridad y Salud correspondiente y a la Dirección General de la Función Pública, del resultado de las actuaciones, preservando la intimidad de las personas.
También se informará a la Comisión Sectorial de Prevención de Riesgos Laborales y, en su caso al Ministerio Fiscal.
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
Presentación presencial en sobre cerrado dirigido a la Dirección General de la Función Pública y con el asunto: Comunicación del procedimiento de actuación frente al acoso laboral y/o violencia interna.
Contacto y ayuda
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
Cualquiera
Normativa
Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Orden HAP/104/2025, de 22 de enero, por la que se publica el Protocolo de prevención y actuación frente al acoso laboral y la violencia interna para el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Las Secretarías Generales Técnicas u órgano equivalente resolverán en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del informe por parte de la Comisión, en caso de apartarse deberá motivar razonadam...
Las Secretarías Generales Técnicas u órgano equivalente resolverán en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción del informe por parte de la Comisión, en caso de apartarse deberá motivar razonadamente el por qué lo hace.La resolución se notificará a las partes implicadas y a la dirección del centro/persona responsable de la unidad organizativa a efectos de la aplicación y cumplimiento de las medidas de actuación incluidas en dicha resolución, en el plazo máximo de un mes desde su recepción.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver más¿Te ha resultado útil esta página?
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