Fondo de Transición Justa en Teruel
En plazo permanente
En plazo permanente
Detalles del trámite
A través de este tramite podrá presentar una presolicitud con efecto incentivador para la concesión de ayudas para proyectos de inversión dentro del Fondo de Transición Justa en la provincia de Teruel.
Si antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, ha presentado una presolicitud de ayuda, la parte del proyecto o actividad que ha incluido en la presolicitud quedará incluida dentro de la convocatoria definitiva de la ayuda que se convoque posteriormente.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
No procede en régimen de presolicitudes
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Plan de financiación del proyecto
Plan de financiación del proyecto distinguiendo las distintas fuentes de financiación (públicas y privadas)
-
2. Lista de costes del proyecto
Lista de costes del proyecto distinguiendo las distintas fuentes de financiación (públicas y privadas)
¿Necesitas ayuda?
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, ECONOMIA Y JUSTICIA
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
Finalización de la tramitación
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No procede en régimen de presolicitudes
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 702 100
Correo electrónico. financiacion@iaf.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
-
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-
Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
-
Orden PEJ/156/2026, de 3 de febrero, por la que se introduce el régimen de pre-solicitudes en subvenciones con efecto incentivador y se modifican las bases reguladoras aprobadas por Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, Orden ICD/1859/2022, de 15 de diciembre, Orden EEI/373/2024, de 8 de marzo, Orden PEJ/956/2025, de 4 de agosto y Orden PEJ/673/2025, de 20 de junio
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Ayuda a la tramitación electrónica
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