Notificación de la exención de efectuar las auditorías de la organización preventiva

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las empresas de hasta 50 trabajadores que cumplan los requisitos exigidos en la normativa podrán notificar a la autoridad competente la exención de efectuar auditorías del sistema de prevención de riesgos laborales en su empresa.


Dirigido a

  • Empresas que reúnan los requisitos establecidos en la normativa indicada.

Requisitos

  • Que desarrollen las actividades preventivas con recursos propios.
  • En las que la eficacia del sistema preventivo resulte evidente sin necesidad de recurrir a una auditoría por el limitado número de personal y la escasa complejidad de las actividades preventivas.
  • Que tengan hasta 50 trabajadores/as.
  • Cuyas actividades no estén incluidas en el anexo I del Real Decreto 39/1997

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir
  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Evaluación de riesgos

    Última evaluación de riesgos realizada en la empresa.

  • 2. Concierto con servicio prevención ajeno, especialidad medicina del trabajo

    Concierto con el servicio de prevención ajeno que lleva a cabo las actividades de medicina del trabajo (vigilancia de la salud) del personal de la empresa.


Documentos a aportar si cumples estas condiciones:


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONES DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

Subsanación:

Nos pondremos en contacto contigo si la solicitud está incompleta o si necesitamos alguna aclaración. Tras la notificación, tendrás un plazo de 10 días para resolver los problemas de tu solicitud. Te daremos las indicaciones necesarias sobre cómo hacerlo.

Silencio positivo:

La empresa no tendrá que acudir a la auditoría desde el momento en que notifique que cumple las condiciones necesarias para tener este beneficio.

Resolución negativa:

Si la autoridad laboral considera que no se cumplen los requisitos emitirá una resolución negativa, teniendo por tanto la empresa obligación de someterse a la auditoría.

Recursos y enlaces de interés

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Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

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Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

  • Teléfono. 976 716 669

  • Correo electrónico. issla@aragon.es

  • Cita previa. Teléfono 976716669

  • Cita previa. Horario 9:00h-14:00h

  • Presencial. Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral

  • Otros canales. Bernardino Ramazzini, 5

  • Presencial. Horario oficina De 9:00 a 14:00 horas

  • Otros canales. Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas

Ayuda con la tramitación electrónica

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